Crece el malestar en la comunidad médica

Ante la falta del cumplimiento de derechos constitucionales en los aportes que percibe la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de Salta y que requiere para su sustentabilidad, las entidades de la Salud manifestamos nuestro malestar luego de infructuosas gestiones realizadas a nivel legislativo y ejecutivo provincial para modificar esta situación.

OPINIÓN 14 de agosto de 2020 Solicitada
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El sistema previsional integrado argentino y las leyes provinciales que originaron las Cajas de Jubilaciones contemplan tanto el aporte de los afiliados, como la contribución económica obligatoria y específica de la patronal beneficiada directa o indirectamente por la labor de los afiliados, lo que se denomina técnicamente “comunidad vinculada”.

En la Provincia de Salta, durante 30 años éste aporte impositivo de la patronal de los médicos (obras sociales, coseguros, empresas de ART, de medicina prepaga, etc.) no fue abonado a las cajas de la Salud, no obstante sí se cumplió con este impuesto con todas las otras cajas profesionales de la provincia.

Esta situación se originó en el momento mismo de la promulgación de la ley de creación de la Caja para Médicos de Salta (año 1989), cuando en el artículo 33 de la ley se omitió especificar la “comunidad vinculada”. Este concepto sí está incluido en todas las leyes de creación de las cajas de profesionales en el país, incluido Salta, menos en nuestra Caja, como si los médicos no fuéramos profesionales y por lo tanto no podríamos cobrar este aporte. 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció jurisprudencia muy clara al respecto, al sentenciar a favor de Provincia de Córdoba respecto de su ley 4641, que estableció “una contribución del 15 % a cargo de las compañías de seguro, sobre los honorarios médicos que los mismos abonan, para integrar el capital de la Caja de Previsión Social para Médicos, Bioquímicos, etc.…”. 

Es por ello, que la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de Salta, el Círculo Médico de Salta, el Colegio Médico de Salta y la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de Salta reiteran su malestar por la dilación en el tratamiento del Proyecto de Ley que modifica el artículo de la Ley 6556, lo que evitaría la vía judicial de nuestro reclamo.

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