
Aprobada la reforma de la Carta Orgánica Municipal: cuáles son los principales cambios
Redacción El Expreso de Salta
La Convención Municipal aprobó este viernes las reformas a la Carta Orgánica Municipal de Capital y ahora se enviará a la Legislatura Provincial para su análisis.
Cabe recordar que la tarea no se dio sin polémicas debido a las posturas contrapuestas entre el oficialismo provincial/municipal y el bloque mayoritario de La Libertad Avanza; el apuntalamiento estatal – o no – del turismo, la inclusión de la defensa de la vida desde la concepción, el cuidado de los animales y el medio ambiente, entre los puntos que mayores discusiones generaron.
De hecho, desde el oficialismo se advirtió que algunas modificaciones e inclusiones del bloque libertario iban a ser desaprobadas por la Legislatura – encargada de armonizar la Carta Orgánica con las Constituciones Nacional y Provincial – dado que algunos puntos aprobados no estaban entre sus facultades o directamente se contraponían a las Cartas Magnas ya mencionadas, como la inclusión del punto donde se establece que, para ser concejal, es necesario que el postulante tenga sus estudios secundarios completos.
Lo curioso es que, ante las advertencias, en muchos casos, el bloque libertario aseguró que se trataba de promesas de campaña que pretendían discutir aun sabiendo que la Legislatura iba a rechazar que queden plasmadas en el documento comunal.
Así las cosas, la última sesión – fueron 4 en total, más el trabajo en comisiones – estuvo atravesada por pedidos de cuarto intermedio ante la detección de algunos errores en la redacción del documento final, errores que fueron subsanados a lo largo de la jornada.
La redacción final incluye en lo formal la renumeración de los artículos y la compatibilización de la denominación de los títulos, secciones y capítulos, a partir de los dictámenes aprobados en las sesiones plenarias, con el objetivo de integrarlos y ordenarlos en un único cuerpo normativo mediante su sistematización.
Asimismo, se aprobó un dictamen que incorpora a la Carta Municipal una cláusula transitoria vinculada a la función de compatibilización de la Legislatura Provincial, la reafirmación de la autonomía municipal y el resguardo del ejercicio del poder constituyente local.
La sanción del dictamen del texto final fue luego de la aprobación de dos dictámenes elaborados por la Comisión Redactora, que contemplan los textos sancionados en las dos Sesiones Plenarias anteriores, y tras un cuarto intermedio.
En virtud de lo consignado en el artículo 174 de la Constitución Provincial, “es condición de eficacia de las Cartas Municipales y de sus reformas, su previa aprobación por ley de la Provincia, a los efectos de su compatibilización”. Así que la nueva Carta Orgánica debe ser aprobada por la Legislatura.
Entre los temas que se encuentran en el texto final figuran los aprobados el viernes 15, en la segunda Sesión Plenaria: lo referido a la promulgación y veto de ordenanzas, requisitos para acceder al cargo de concejal, quiénes no pueden ser elegidos para cumplir el cargo, duración de los mandatos, funcionamiento de las sesiones, facultades del Cuerpo y tratamiento del Presupuesto municipal. Asimismo, artículos de la Carta Municipal referidos a Medio Ambiente, Educación, Cultura, Recreación, Deporte y Turismo, sumándose la incorporación de nuevos artículos sobre defensa del orden constitucional y simbología municipal.
Se agregaron los aprobados en la tercera Sesión Plenaria, realizada el pasado viernes 22 de mayo, en lo referente al Tribunal Administrativo de Faltas y al régimen de Centros Vecinales. Asimismo, se incorporaron los derechos de las personas con discapacidad como sujetos plenos de derecho; la protección de los consumidores y usuarios de servicios públicos municipales, y la creación de la institución del Defensor del Pueblo.
En cuanto al Ejecutivo Municipal, se modificaron requisitos para ser intendente, límites a la reelección, condiciones de residencia, régimen de ausencias, facultades ejecutivas y carrera administrativa, además de fortalecerse las funciones de control del Tribunal de Cuentas.
Respecto de las competencias municipales, se incorporaron principios de transparencia y acceso a la información pública, junto con facultades en materia de presupuesto, tributación, servicios, desarrollo urbano y ambiental, obras públicas y políticas sociales, educativas, culturales, turísticas y de desarrollo socioeconómico.
Por último, se incorporó el capítulo “Derechos y deberes de los vecinos” (en cuyo contexto se incorporó una afirmación antiderechos, impulsada por los convencionales de La Libertad Avanza, que tuvo mayoría en la Convención) así como disposiciones vinculadas a la promoción del desarrollo económico, productivo y social basado en el empleo, la diversificación productiva y la atracción de inversiones, y modificaciones referidas al desarrollo y fortalecimiento de la actividad turística en la ciudad de Salta.
Además, se aprobó un dictamen que incorpora a la Carta Municipal una cláusula referida al alcance de la función de compatibilización de la Legislatura Provincial prevista en el artículo 174 de la Constitución Provincial, reafirma la autonomía municipal y el ejercicio del poder constituyente local conforme al precedente Schiffrin de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y habilita la defensa institucional y judicial de la normativa sancionada ante eventuales extralimitaciones.
Tanto los diversos dictámenes como el texto final de la reforma fueron aprobados con el voto positivo de los convencionales de LLA.


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