
Condenado a 13 años de prisión por abuso y corrupción de su hijo menor de edad

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala III del Tribunal de Juicio del Distrito Centro, en la audiencia de debate contra un hombre de 36 años por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo, guarda y convivencia y corrupción de menores agravada por el vínculo y contra una mujer de 34 años por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores, por la edad del menor al momento del hecho.
En virtud de lo declarado durante la audiencia de debate por la víctima, quien al momento del hecho era menor de edad, el fiscal González Miralpeix solicitó el cambio de calificación para ambos.
La madre biológica del entonces niño de 8 años denunció que en julio de 2013, había tomado conocimiento por mensaje de texto de su hijo que su padre lo había obligado a hacerle “cosas sucias” a la acusada, las que luego le relató personalmente.
En los fundamentos del requerimiento a juicio, el fiscal sostuvo que se tiene debidamente acreditado que el acusado había obligado a su hijo menor de edad a realizar actos depravados de carácter sexual, evidenciado en el dibujo que realizó en Circuito Cerrado de Televisión (CCTV). Del resultado de la entrevista psicológica surgió, además, que era notable el menoscabo que le había ocasionado la situación, debido a que no logró dar a conocer lo sucedido de forma oral.
El Juez Pablo Farah condenó al hombre de 36 años a la pena de 13 años de prisión de ejecución efectiva por encontrarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia, en concurso ideal con el delito de corrupción de menores, agravado por el vínculo.
En el mismo fallo, el Juez absolvió a la mujer de 34 años por mediar una causa de justificación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34, inciso 2 del Código Penal, ordenando su inmediata libertad.
Se dispuso, además, la extracción de material genético del condenado, por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.


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