Ejemplar sentencia judicial contra Bettina Romero por intentar censurar a un medio

La Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial condenó a la Municipalidad de Salta a restituir la pauta oficial a un semanario local y portal de noticias. El abogado Rodrigo Anachuri presentó un amparo por actitud “arbitraria y discriminación” a raiz de la decisión politica de la intendenta de otorgar pauta solo a algunos medios afines a su gestion, incluidos los de su familia, en tanto buscó ahogar a aquellos que le mostraron sus errores de gestión y gestos autoritarios.
JUDICIALES04 de enero de 2021 Oscar Burgos

Desde el inicio de su mandato la intendenta Bettina Romero de Lávaque creyó que podía manejar los recursos públicos como si fueran propios sin respetar pelo ni marca. Entonces decidió seguir otorgándose pautas a través de los medios del Grupo Horizontes y algunos otros que se mostraron afines a su mandato. Pero a los medios críticos intentó ahogarlos no pagándoles las deudas publicitarias anteriores a su gestión y cortándoles lo que les correspondía por el año 2020, al solo efecto que dejarán de existir o al menos que no tengan recursos para seguir en vigencia. Un velado acto de censura.

Una prueba de esto es la primera conferencia de prensa abierta que realizó en donde la intendenta termino al borde de un ataque de nervios, y la ultima de diciembre pasado cuando algunos periodistas solo preguntaron lo que ella quería oír.

Es por esto que los abogados Liliana Mazzone y Rodrigo Franco Anachuri, en junio de 2020, interpusieron una acción de amparo en representación del histórico semanario Cuarto Poder, ahora también como página web, el cuál buscaba el pago de lo adeudado por 2019, y la restitución de la pauta publicitaria por el año 2020. "Esto está muy ligado a la libertad de prensa y este medio tiene treinta años desde que empezó con su primera publicación. Desde el 2003 que recibe pauta publicitaria, es decir un canon que paga el gobierno a cambio de difundir información que le interese. Esto es en virtud de un principio republicano que garantiza la publicidad de los actos de gobierno", explicó Anachuri.

"Entendemos que este medio, al asumir la intendenta Bettina Romero, se le cortó arbitrariamente la pauta publicitaria. Existe una gran laguna judicial en cuanto a la pauta porque es una facultad muy discrecional que tienen los poderes del estado para poder distribuirla. Esto no está regulado y no hay criterios objetivos para decir quién recibirá el canon", agregó el abogado. 

El amparista añadió que "en Salta es un fallo histórico porque es un acto arbitrario de un gobierno contra un medio de comunicación independiente y mediante un amparo se puede restituir la pauta publicitaria y asegurar la libertad de prensa, es decir que un medio pueda difundir cualquier información a pesar de las presiones políticas". 

Dr. Rodrigo Anachuri

Cabe destacar que el fallo se conoció el pasado 30 de diciembre por la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y además de ordenar la restitución de la pauta publicitaria, se condena a la Municipalidad a hacer efectivo el pago de $52 mil, más intereses, correspondiente al servicio de publicidad de noviembre de 2019. El plazo para cumplir con la medida es de 10 días hábiles.

Entre los fundamentos del fallo se tienen en cuenta un antecedente en la Provincia de Río Negro donde el juez explicó ante la misma situación salteña: “La decisión del Estado de dar o no publicidad permanece dentro del ámbito de la discrecionalidad estatal, pero si decide darla debe hacerlo cumpliendo dos criterios constitucionales: 1) no puede manipular la publicidad, dándola y retirándola a algunos medios en base a criterios discriminatorios y 2) no puede utilizar la publicidad como un modo indirecto de afectar la libertad de expresión, por lo que tiene a su disposición muchos criterios distributivos, pero cualquiera sea el que utilice debe mantener una pauta mínima general para evitar desnaturalizaciones”.

Desde la Municipalidad dijeron que los amparistas no agotaron la vía administrativa para estos casos y que la pauta oficial se corresponde a una atribución del Intendenta por “razones de mérito, oportunidad y conveniencia”. Además, agregan que la justicia no puede interferir ni obligar a la intendencia a otorgar pauta publicitaria ya que es únicamente competencia administrativa. Por último, niegan que no se respete y, mucho menos, que no se resguarde el derecho a la libertad de prensa.

Finalmente, hay que reconocer el valor de la decisión del juez Marcelo Domínguez en este caso, porque la búsqueda de censura a través de la pauta publicitaria ha sido una metodología -para aquellos que desconocen la historia reciente del periodismo salteño- utilizada también por el padre de Bettina, Juan Carlos Romero cuando con los recursos públicos buscaba premiar o castigar medios de comunicación, según si le tiraban flores o cuestionaban su forma de gobernar y los hechos sospechados de corrupción. Juan Carlos Romero no pudo. Un ejemplo de aquella lucha fue la del recordado Sergio Poma, quien ejerció el periodismo prácticamente desde el desierto y se fue dejando en pie su radio FM Noticias. No es el único, claro, hay otros, pero Poma fue un ícono.

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