
Una jueza federal de Santa Cruz mantuvo a Cristina Kirchner en el padrón electoral, pese al fallo de la Corte

La Justicia Federal de Río Gallegos resolvió mantener a Cristina Fernández de Kirchner en el padrón electoral de Santa Cruz, a pesar de la condena a seis años de prisión e inhabilitación dictada en su contra. La jueza subrogante Mariel Borruto declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal y del Código Electoral que impiden votar a personas con condena firme.
La medida permite que la expresidenta continúe figurando como electora activa en su distrito de origen, de cara a los comicios nacionales del próximo 26 de octubre. Sin embargo, el fallo no implica efectos prácticos inmediatos, ya que Fernández de Kirchner cumple arresto domiciliario y no podría trasladarse a su provincia para emitir el sufragio.
La resolución fue firmada por Borruto el pasado 18 de julio, justo antes del inicio de la feria judicial. La magistrada actuó en reemplazo del juez federal titular de Río Gallegos, Claudio Vázquez, quien se encontraba de licencia por cuatro días cuando llegó la notificación de la Cámara Nacional Electoral.
Vázquez había sido designado como subrogante en la Cámara Federal de Casación con aval del kirchnerismo, y actualmente ejerce como juez federal en Santa Cruz. La notificación que recibió su juzgado derivaba de la confirmación de la Corte Suprema sobre la pena accesoria de inhabilitación para cargos públicos, incluida en la condena impuesta por el Tribunal Oral Federal N°2.

En su fallo, Borruto declaró la inconstitucionalidad de los artículos 19 inciso 2 en relación con el 12 del Código Penal, y del artículo 3 inciso “e” del Código Nacional Electoral. En consecuencia, resolvió mantener la situación registral de la ciudadana “Fernández Cristina Elisabet” como electora activa en el distrito.
Al mismo tiempo, la jueza determinó que CFK se encuentra inhabilitada para ejercer derechos electorales en su faz pasiva, es decir, no puede postularse a cargos públicos. La Cámara Nacional Electoral y la Corte Suprema sostuvieron previamente que la norma que impide votar a condenados resulta inconstitucional, aunque ese criterio excluye delitos vinculados a la corrupción o contra la administración pública.


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