Corte de Justicia de Salta: Jueces de 70 años deberán dejar sus cargos

Lo resuelto por la Corte de Justicia de Salta va en línea con lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos como “Shiffrin”.
SALTA11 de febrero de 2025 El Expreso de Salta
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La Corte de Justicia de Salta, mediante Acordada 14302, ha determinado que las magistradas y los magistrados de primera y segunda instancia que hayan alcanzado o alcancen el límite constitucional de 70 años hasta el próximo 30 de junio, deberán dejar sus cargos; mientras tanto, continuarán en el ejercicio de sus funciones con competencia plena.

Se trata de un período de transición que el máximo tribunal provincial estableció, por única vez, tras una reciente interpretación en un caso planteado por un juez sobre los alcances del artículo 156, tercer párrafo, de la Constitución Provincial respecto del límite de edad introducido por la Convención Constituyente del año 2021.

Lo resuelto por la Corte de Justicia de Salta va en línea con lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos como “Shiffrin”, en el que se planteó una cuestión similar referida al artículo 99, inciso 4º, tercer párrafo de la Constitución federal.

En su fallo, el tribunal salteño examinó las intervenciones realizadas por los convencionales constituyentes respecto a la duración y las limitaciones en los mandatos de todos los funcionarios públicos.

Respecto a las magistradas y los magistrados de primera y segunda instancia, se destacó lo puntualizado por los convencionales en cuanto a que el límite de edad establecido en el nuevo artículo “se aplicaría a las juezas y los jueces de los tribunales inferiores que estuvieren en ejercicio de sus cargos al sancionarse la reforma”.

Sobre estas bases concluyó que la reforma no afecta la sustancia de la garantía de inamovilidad ni, por ende, el principio de independencia judicial y la forma republicana de gobierno.

Con esta medida, se busca garantizar un proceso ordenado y gradual en el reemplazo de magistrados que superen el umbral etario establecido por la normativa provincial. La decisión de establecer un período de transición permitirá también a las instituciones involucradas en el proceso de designación de jueces adaptarse a los cambios necesarios, sin poner en riesgo la continuidad y eficacia del sistema judicial. A partir de la fecha establecida por la Corte, las juezas y los jueces de los tribunales inferiores que cumplan los 70 años de edad, cesarán en el cargo indefectiblemente.

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