
El Gobierno derogó el DNU de Alberto Fernández que ponía límites de precios a la telefonía, internet y tv
Francisco Rendon ReaEl gobierno de Javier Milei derogó por decreto un DNU de Alberto Fernández de 2020 que declaraba como servicios públicos esenciales a Internet, la telefonía y la televisión por cable y regulaba sus precios.
Mediante el decreto 302/2024, que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial y lleva la firma del Presidente y de todo el gabinete, el gobierno derogó el decreto 690/2020 y puso fin a la regulación de los precios del mercado a través del Enacom, que establecía los aumentos.
El artículo 1° dice: “Sustitúyese el artículo 48 de la Ley Argentina Digital N° 27.078 y sus modificatorias por el siguiente: “‘Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación’”.
En tanto, en el segundo apartado se indicó: “Sustitúyese el artículo 54 de la Ley Argentina Digital N°27.078 y sus modificatorias por el siguiente: ‘El Servicio Básico Telefónico mantiene su condición de servicio público’”. Además, en el tercero quedó consignado: “Derógase el Decreto N°690 del 21 de agosto de 2020″, y se derogó “el artículo 15 de la Ley Argentina Digital”, en el cuatro.

El anterior DNU promulgado por Alberto hace cuatro años, se hizo en el marco de la pandemia de Covid-19 y la estricta cuarentena que derivó en el teletrabajo y clases a distancia a nivel nacional. Este le permitió al gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner congelar precios y fijar los aumentos tarifarios, mediante el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).
Ahora, tras el DNU de Milei, los licenciatarios de servicios TIC podrán establecer sus tarifas libremente con el objetivo de fomentar la competencia y generar inversiones para mejorar la calidad de los servicios brindados a los consumidores.
“Que es de destacar que ante el creciente desarrollo de los servicios de telecomunicaciones, la contemplación de las diferentes circunstancias del mercado resulta fundamental, tanto para favorecer su dinamismo y generar un equilibrio competitivo sostenible como para asegurar una mayor oferta de servicios a los usuarios a precios justos y con mayor calidad, extremos que se contraponen con la regulación tarifaria establecida por el Decreto N° 690/20″, indica el decreto.
“En cuanto al fondo de la cuestión, es importante mencionar que los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar los precios de sus servicios libremente”, apuntó el decreto.
El gobierno considera que la decisión no producirá un incremento de tarifas, ya que las empresas prestadoras lograron actualizar sus precios a través de medidas cautelares. Según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el INDEC, el rubro Comunicaciones registró una suba del 24,7% mensual en febrero.
En enero, la variación había sido del 25,1%; en diciembre, del 15,6% mientras que en noviembre las tarifas aumentaron un 15,2% promedio y en octubre un 12,6%.


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