Comenzará el juicio contra John Johnston por haber atacado a su ex pareja

El próximo miércoles 2 de marzo comenzará el juicio contra el dueño del hotel El Castillo de San Lorenzo, John Johnston, por haber atacado a su ex pareja en febrero de 2020. La agresión fue presenciada por la hija de ambos e incluso se llegó a fotografiar el momento donde el hombre asfixia a la mujer sobre el suelo.
JUDICIALES25 de febrero de 2022Sebastián Alejandro CardozoSebastián Alejandro Cardozo
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John Hartwell Cocke Johnston fue denunciado por la madre de su hija menor por un violento episodio sucedido en febrero de 2020 en el hotel de su propiedad, el Castillo de San Lorenzo. Johnston con su ex pareja tuvieron una discusión porque supuestamente no pagaba la cuota alimentaria y en medio de un forcejeo, arrojó al piso a la mujer y la asfixió con sus manos. El momento quedó registrado en una foto que tomó la hija de ambos y es la principal prueba que tiene la fiscalía. Después del hecho, la mujer denunció a John pero antes de ser detenido, se fue del país. Luego, cuando las condiciones estuvieron a su favor, regreso con su actual pareja y ambos quedaron imputados pero con arresto domiciliario.

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En agosto de 2020, la jueza Edith Rodríguez decidió que no existe riesgo de fuga de parte del imputado y como John Johnston concurría habitualmente al Poder Judicial para notificar su presencia en la ciudad, le revocó el arresto domiciliario. La noticia causó rechazo por parte de la víctima quién sostuvo que temía por su vida ya que había sufrido amenazas en su propia casa. 

De acuerdo a la víctima y a sus abogados Pedro Arancibia y Julio Chávez, el juicio comenzará el próximo miércoles 2 de marzo en la Sala III del Tribunal de Juicio a cargo de María Gabriela González. En la causa, Johnston está imputado por el delito de tentativa de homicidio agravado por la relación de pareja preexistente y por el género en perjuicio de su expareja y María Eugenia González Enríquez (actual pareja de Johnston) como partícipe necesario del delito de homicidio.

En el decreto consta que los términos de la acusación quedan debidamente acreditados con elementos objetivos y subjetivos recogidos durante la investigación, donde se advierte la conducta de John Johnston orientada a producir la muerte de su expareja al reducirla en el piso y provocarle asfixia mecánica con las manos, lo que no se produjo por circunstancias ajenas a su voluntad.

En el caso de González Enriquez, su conducta resultó un acto necesario para posibilitar que Johnston tuviera las condiciones óptimas para llevar a cabo su cometido sin interrupciones de terceros.

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