Burgos: “No está prevista la cobertura de violencia laboral en las ART”
El abogado laboralista reconoció que las Aseguradoras de Riesgo laboral no reconocen y no dan cobertura ante casos de violencia laboral, negándose a aceptar estudios médicos. La salida es la demanda judicial a la ART. El antecedente de un caso en Corrientes.
El abogado laboralista Humberto Pedro Burgos (h), indicó que la ley de Contrato de Trabajo prevé licencias por violencia laboral, e “incluso el empleado tiene la posibilidad de cobertura por las aseguradoras de riesgos de trabajo”.
Sin embargo, Burgos afirmó que “las ART no reconocen” y con frecuencia niegan la violencia laboral, o niegan o no aceptan los estudios médicos de cuadros de depresión o síndromes de angustia y que pueden generar una incapacidad laboral. En este sentido, destacó que “no está prevista la cobertura de violencia laboral en las ART” y que “no está prevista como enfermedad profesional en el listado de riesgos de trabajo, que reconocen las ART”.
“Hay que llegar a una acción judicial, pero sería solo contra la aseguradora”, agregó.
Burgos resaltó que la violencia laboral “es importante porque si hablamos de un hecho dañoso que se produce en el ámbito del trabajo, sí o sí deberían responder las ART. Y en el caso de los empleadores que no tuvieren una ART contratada, serán ellos responsables directos”.
El letrado citó como antecedente un caso en Corrientes, sucedido hace dos años, donde se debió llegar a un juicio para que la ART finalmente reconozca la violencia laboral y sus dolencias o situaciones de orden psiquiátrico, para reconocer un resarcimiento laboral.
“Si un empleado sufre violencia en su trabajo, requiere de un análisis de un médico psiquiatra, para poder determinar si es violencia laboral u otro tipo de situaciones no vinculadas al ámbito laboral”, dijo.
Burgos señaló que la licencia por violencia laboral para el empleado público, no existe dentro de la ley provincial, aunque hay antecedentes en otras provincias de legislación.
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