Laboralista Burgos: “En una época el dengue era considerada una enfermedad profesional”
El abogado laboralista, Pedro Burgos, explicó que, anteriormente, “el dengue era considerada una enfermedad profesional” porque estaba enmarcado en un lugar geográfico de la provincia y había riesgo en esa zona.
“Al extenderse a toda la provincia, ya no puede considerarse si el trabajador se contagió en un ámbito laboral o fuera de ese ámbito”, dijo, para agregar que ahora se podría contraer la enfermedad en cualquier ámbito.
Burgos explicó que “cuando era considerada una enfermedad profesional, sobre todo afectaba a las fuerzas policiales y de seguridad, porque el trámite era distinto con la ART, y si existía alguna incapacidad, se continuaba con el reclamo a la Superintendencia”.
En el caso del dengue, hay una alteración de la salud, y es una enfermedad inculpable.
Las licencias estarán determinadas por la antigüedad en el empleo y las cargas de familia. Si tiene una antigüedad menor a cinco años, como mínimo tendrá 3 meses de licencias pagas, previa constatación de los médicos. Y si tiene carga de familia, se puede duplicar la licencia hasta 6 meses.
Si la antigüedad es superior a 5 años, el mínimo es 6 meses; y si tiene carga de familia, un año, según lo garantiza la Ley de Contrato de Trabajo.
El trabajador debe avisar a su empleador en la jornada siguiente inmediata.
También las partes pueden proponer médicos, pudiendo el empleador controlar con un profesional de la salud, y el trabajador debe someterse a ese control. “Si hay una situación controvertida lo que prima es el derecho de la conservación del trabajo”, dijo. En ese caso, se convocará un tercero imparcial para que arbitre, que sería la Secretaría de Trabajo, creando una junta médica y surgiendo de allí una opinión.