DE BUENA FUENTE19 de marzo de 2024

Burgos explicó la protección legal y laboral de las personas que son víctimas de siniestros viales

El letrado señaló que el derecho laboral contempla un abanico amplio de garantías para los trabajadores que sufren alguna lesión fuera del horario laboral.

El ex presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, Pedro Burgos señaló esta mañana en De Buena Fuente, que el siniestro ocurrido el domingo último en avenida Paraguay, tendrá además de una responsabilidad penal, una responsabilidad civil y derivaciones en el derecho del trabajo.

En este sentido, señaló un aspecto legal desde el derecho laboral: las personas que fueron lesionadas por la colisión, están alcanzadas por la licencia en el ámbito laboral. 

Burgos explicó que si la persona tiene una antigüedad menor a 5 años, tendrá una licencia de 3 meses pagas, pero la licencia se duplica si tiene carga de familia. Y si tiene una antigüedad superior a 5 años, la licencia paga será por 6 meses y duplica hasta un año. 

Después de un año, el trabajador no percibe salario pero se le mantiene la reserva de su puesto laboral hasta que se reincorpore. Desde luego, dijo Burgos, se deberá considerar el estado de salud del trabajador y si tiene una capacidad disminuida para la prestación de sus labores.   

También Burgos citó que existen figuras como las incapacidades parciales o totales, y la aptitud para reincorporarse de acuerdo a sus dolencias o capacidades parciales para prestar determinadas tareas. “Si hay un trabajo que pueda cumplir la persona, se le puede asignar una nueva tarea, pero si no la hay, el empleador no está obligado a crear un nuevo puesto y ahí se puede determinar qué tipo de incapacidad tiene, si parcial o total, y a indemnizarlo de acuerdo a eso”, dijo.

También detalló que si una persona sufre un accidente laboral está cubierta por el sistema de riesgo de trabajo. donde ya interviene la ART y todas las prestaciones médicas hasta su recuperación total. "En el caso que la ART no diere cumplimiento, dando el alta cuando aun existan dolencias, va a intervenir la Superintendencia de Riesgos de Trabajo".

Para consultas de derecho laboral: estudioburgosgorini@gmail.com; y cel. 387 4 089671

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