El IPS acordó con el Colegio de Psicólogos la actualización del convenio prestacional

Como resultado de una solicitud presentada por el organismo que representa a los profesionales del sector se trabajó en el diseño de una adenda contractual que buscó adecuar distintos aspectos administrativos y asistenciales del servicio.
SALTA04 de septiembre de 2026 El Expreso de Salta

El Instituto Provincial de Salud de Salta informa a sus afiliados que se implementaron modificaciones en la modalidad de cobertura y atención de las prácticas psicológicas, a partir de una solicitud presentada por el Colegio Profesional de Psicólogos de Salta para actualizar el convenio prestacional vigente.

De acuerdo al articulado que compone la adenda y en respuesta a los planteos realizados por el Colegio, se estableció que el afiliado deberá abonar directamente al profesional, en cada sesión, el 20% correspondiente al copago a su cargo. Es importante señalar que este importe no constituye un arancel diferenciado, ni un cobro extra por parte del psicólogo, sino que corresponde al mismo esquema de copago que se aplica al conjunto de las prestaciones brindadas por el Instituto Provincial de Salud. Quedando así el 80% restante a cargo del Instituto.

Esta nueva modalidad reemplaza mecanismos que habían sido implementados con anterioridad y en razón de situaciones excepcionales y/o de emergencia. Finalizada aquella situación excepcional, y en respuesta al pedido de modificación formulado por el Colegio Profesional, se acordó que el copago sea abonado directamente al profesional durante cada sesión.

Entre las modificaciones también se establece que las autorizaciones de las prácticas psicológicas podrán realizarse cualquier día hábil del mes, facilitando el acceso de los afiliados y simplificando el procedimiento administrativo.

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En cuanto a la psicoterapia individual, la cobertura contempla hasta cinco (5) sesiones mensuales y sesenta (60) sesiones anuales por paciente, con posibilidad de excepciones cuando exista requerimiento debidamente fundamentado mediante informe psicológico y autorización de Auditoría Psicológica.

Asimismo, la psicoterapia parental, destinada a menores de 12 años, contempla hasta veinticuatro (24) sesiones por año calendario, con un máximo de dos (2) sesiones mensuales.

La actualización regula además la modalidad de atención virtual, que podrá utilizarse cuando el afiliado resida a más de 30 kilómetros del consultorio o cuando exista una justificación médica que le impida concurrir presencialmente. Para estos casos se incorpora una planilla específica que permitirá registrar y dar trazabilidad a las sesiones realizadas.

Con estas modificaciones, el IPS y el Colegio Profesional de Psicólogos de Salta avanzan en la actualización del convenio vigente, con el objetivo de simplificar procedimientos, ordenar la modalidad de atención y brindar mayor claridad a los afiliados sobre las condiciones de cobertura.

El Instituto recuerda que el importe abonado al profesional corresponde al copago establecido por el IPS y no constituye un arancel diferenciado ni un cobro adicional.

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