
Milei autorizó por decreto a expulsar del país a extranjeros que “expresen mensajes de odio” contra la Argentina
El presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incorpora nuevas causales para impedir la entrada al país y disponer la expulsión de extranjeros que inciten mensajes de odio, discriminación o violencia contra argentinos por su nacionalidad.
La Oficina del Presidente anunció la decisión y la vinculó con las “recientes manifestaciones de hostilidad” contra la Argentina. El decreto 681/2026 se publicó este jueves en el Boletín Oficial.
El mensaje del Gobierno tras anunciar la medida
En la parte final del documento, la administración de Milei justificó la decisión por lo que definió como recientes expresiones contra el país y sus habitantes.
“Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, sostuvo la Oficina del Presidente.

Qué establece el DNU firmado por Javier Milei
El DNU incorporó un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley 25.871, que establece las causas por las cuales una persona extranjera puede ser rechazada al intentar ingresar al territorio nacional.
Según el decreto, la nueva normativa permitirá prohibir el ingreso o expulsar del territorio argentino a extranjeros que promuevan ataques contra el país, sus ciudadanos o sus símbolos.
A partir de la modificación, se impedirá la entrada a quienes hayan dirigido “mensajes de odio en forma oral o escrita” o incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano por su nacionalidad.
La restricción también alcanzará a quienes hayan realizado, participado o incitado a cometer “actos de ultraje de símbolos patrios nacionales”.
Sin embargo, el texto aclara que no podrán quedar comprendidas dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas que formen parte del ejercicio legítimo de derechos constitucionales.
En los fundamentos, el Gobierno sostuvo que aumentaron “considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional”.
Además, argumentó que esas conductas representan un riesgo para los ciudadanos y afectan las condiciones de “convivencia armónica y paz social” que justifican la admisión y permanencia de extranjeros en el país.

En qué casos se podrá cancelar la residencia y ordenar una expulsión
El decreto también incorporó estas conductas como causal para cancelar la residencia de una persona extranjera que ya se encuentre dentro del territorio argentino.
La modificación del artículo 62 establece que podrá perder su residencia quien haya difundido mensajes de odio, promovido la violencia contra argentinos por su nacionalidad o participado en actos contra los símbolos patrios.
En esos casos, la decisión podrá derivar en una intimación para abandonar el país dentro de un plazo determinado o directamente en la expulsión del territorio nacional.
Para adoptar esa medida, las autoridades deberán tener en cuenta “las circunstancias fácticas y personales del interesado”, según establece el nuevo texto del artículo 63.


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