
Causa Vialidad: la Justicia ordenó decomisar todos los bienes de Cristina Kirchner y Lázaro Báez

Esta decisión afecta a 122 bienes inmuebles que pudieron ser identificados por personal del Ministerio Público Fiscal como productos o instrumentos del delito, o como activos sumados por los condenados en el período donde se implementó la maniobra delictiva, entre los meses de mayo de 2003 y diciembre de 2015.
Por ejemplo, se decomisaron empresas de Lázaro Báez, como Austral Construcciones, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto, además de hoteles, terrenos y departamentos en la provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Santa Cruz. También se incluyó un inmueble a nombre de Cristina Fernández de Kirchner y bienes que la expresidenta le cedió a sus hijos, Máximo y Florencia.
En sus comienzos, el monto original establecido para el decomiso fue de 84.835 millones de pesos, pero fue actualizado a 684.990 millones por peritos contadores, según los criterios técnicos que ratificó la Corte Suprema de Justicia. Frente al incumplimiento de los condenados, el tribunal decidió implementar su ejecución mediante la realización y venta de todos los activos identificados.
Según la sentencia, se pudo probar que existía un circuito de beneficios indebidos generados por la adjudicación irregular de obra pública en la provincia de Santa Cruz que implicó cartelización, sobreprecios y falta de controles que beneficiaron a Báez. Gracias a esta situación, el empresario tuvo un desmesurado crecimiento patrimonial ilícito que se tradujo en inversiones, propiedades y negocios compartidos con los Kirchner.
La Justicia rechazó el argumento de los abogados defensores, que habían planteado la probable afectación de derechos de terceros, señalado que no existía un nexo casual entre los bienes y el delito, y la existencia de sobreseimientos previos por enriquecimiento ilícito. El tribunal señaló en su fallo que el decomiso no pide una trazabilidad contable exacta, solo una vinculación razonable con los beneficios generados por la maniobra ilegal.
También explicó que tomó su decisión basándose en tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, donde se señala la recuperación de activos como un principio esencial; y advirtió que la interpretación restrictiva del decomiso puede potenciar la impunidad económica cuando se trata de casos de corrupción estructural.
Finalmente, el tribunal señaló que, una vez realizada la tasación de los bienes decomisados se avisará lo resuelto a la Corte Suprema para su eventual afectación al servicio de justicia, y además ordenó su inscripción en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados, instándose a garantizar que los fondos recuperados sean usados para reparar el daño social causado, especialmente, en la provincia de Santa Cruz, cuya infraestructura vial se perjudicó fuertemente por las obras sin terminar.
El fallo fue firmado por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2.


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