Ana María Carriquiry, la jueza que escribe sus sentencias de forma clara y accesible

“Mi nombre es Ana María Carriquiry, soy la jueza de familia número dos de Orán, desde hace dos años”... Así comienza el anexo de tres páginas en las que la jueza, que tramitó la acción de amparo colectiva presentada por ciudadanos de Orán, se dirige a la ciudadanía de ese departamento. Su iniciativa rompe la jerga ilegible que utilizaron por décadas en la justicia. ¿Alguien más se animará?
JUDICIALES10 de noviembre de 2020 Redacción El Expreso de Salta
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En las tres páginas la jueza usó una tipografía distinta a la usual en los escritos judiciales y recurrió a destacar párrafos usando recursos de diseño como negritas y subrayados. Se trata de caso en el que la jueza Ana María Carriquiry, hizo lugar a la acción de amparo colectivo presentada por un grupo de vecinos de Orán, y ordenó al Comité Operativo de Emergencia (COE), y a la Provincia se abstenga de solicitar, a través de sus Agentes, estudios de PCR, tests serológicos y cualquier otro de detección de COVID-19, como requisito para el desplazamiento de habitantes del Departamento de Orán. 

A continuación se transcribe íntegramente la sentencia explicada por la jueza, en formato accesible: 

A las señoras y a los señores habitantes  
del Departamento Orán  
de la Provincia de Salta:

Mi nombre es Ana María Carriquiry, soy la jueza de familia número dos de Orán, desde hace dos años.
Muchas veces las decisiones judiciales se expresan en textos muy largos y con palabras difíciles de comprender.

Siempre creí en una justicia cercana a las personas y por eso pensé que sería una buena idea contarles de forma clara, lo que decidí sobre el juicio que inició un grupo de vecinos de Orán.            
Veintidós  personas  presentaron  un  pedido  para  poder ingresar a Salta Capital, porque se les restringía y limitaba el acceso y según ellos, les pedían contar con el resultado de costosas pruebas de coronavirus.
Luego, se sumaron 812 personas, que enviaron sus pedidos por correo electrónico. Los imprimí yo misma y los leí a todos.
Muchos  eligieron  contarme  situaciones  particulares  que habían vivido, las que especialmente valoré al momento de decidir.
Pedí opinión a la institución a la que las señoras abogadas y los señores abogados pertenecen –Colegio de Abogados de Salta-  y ellos acompañaron favorablemente su pedido.
Escuché  a  los  funcionarios  del  Comité  Operativo  de Emergencia, Ministerio de Salud, Ministerio de Seguridad y Fiscalía de Estado, para que pudieran informarme al respecto.          
Durante el juicio, se demostró que el Estado Provincial pidió estudios de coronavirus a los habitantes de Orán como requisito para ingresar a Salta y que demoró a un trabajador al costado de la ruta por varias horas, quien viajaba con tubos de oxígeno y con muestras de laboratorio para ser analizadas en la ciudad Capital.          
Y tomé una decisión.            
Encontré  al  Estado  Provincial  responsable  de  realizar actividades que, en los hechos, implicaron una discriminación a los habitantes de Orán.
Como Ustedes ya saben, en Orán no tienen acceso a muchas especialidades médicas y deben atenderse en Salta Capital.
Por eso decidí que ya no se les va a pedir pruebas de PCR ni test serológicos; los que, por su elevado costo, resultan imposibles de afrontar para la mayoría de la población.
Solo se les pedirá una declaración jurada.
En el caso de que no tengan acceso a una computadora,  el Estado Provincial arbitrará los medios para guiarlos en la tramitación y facilitarles la impresión de las declaraciones juradas de circulación.
Si no poseen celulares con conexión a internet, el Estado Provincial  no  podrá  exigirles  que  cuenten  con  la  aplicación  Salta COVID o similares.
El personal policial deberá procurar que los controles por motivos sanitarios se realicen en el menor tiempo posible.  
Ordené al Estado Provincial realizar protocolos humanitarios para los casos en que las demoras en controles sanitarios superen los 45 minutos, en cuyo caso, deberán proporcionar refrigerios y contar con sanitarios químicos para las personas que esperan al costado de la ruta, la decisión de ingreso. 
Ante la negativa de circulación o acceso a la Ciudad Capital, deben pedir que les den, por escrito (en papel) los motivos por los cuales se les deniega el ingreso. 
Además, tendrán derecho a pedir inmediatamente la revisión de esa decisión, ante un superior (derecho a recurso).
Con esta decisión busco que les sean devueltos los derechos que se vieron vulnerados, en razón de las medidas dispuestas con motivo de la pandemia COVID-19.

Los insto a que sigan cuidándose y respetando las medidas de bioseguridad.

Cordialmente,
Ana María Carriquiry                                                      
Jueza

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