SALTA Violeta Gil 02 de abril de 2020

Autorizaron el transporte para el traslado de los trabajadores del campo y obreros

Lo autorizó AMT mediante resolución 7/20. Solo podrán prestar el servicio prestadores regulares y de turismo registradas. Los interesados deberán cumplir con los requisitos de la orden regulatoria y enviar un mail a presidencia@amtsalta.gov.ar para ser autorizados.

Una de las actividades económicas que no dejó de funcionar en estos largos 15 días de caurentena fue el sector agropecuario. Muchas personas se manifestaron molestas en los últimos días a través de las redes sociales ya que, finchas en el norte y el sur de la provincia trasladan trabajadores violando todas las normas de seguridad en el marco de la cuarentena y el aislamiento social obligatorio por la emergencia covid-19.   

Desde ahora, la Autoridad Metropolitana de Transporte exige que se cumplan con las condiciones mínimas de seguridad y pretende regular el traslado de los trabajadores con la resolución 7/20, lo que hasta acá no hacía. 

El servicio de traslado lo podrán brindar únicamente los prestadores regulares o de turismo registrados, “manteniendo las medidas de higiene y salud”

Estarán autorizados los vehículos tipo VAN (6 a 8 personas); Pick Up (camioneta) doble cabina con capacidad máxima para 5 personas; vehículos SUV (con capacidad máxima para 5 personas); minibuses, furgones y/o ómnibus carrozados (equipados para el transporte de pasajeros).

El modelo que establece AMT


Las unidades deberán poseer RTO vigente o vencida con posterioridad a partir del 16 de marzo de 2020. También deberán contar con seguro obligatorio vigente para el traslado de pasajeros.

Para los que van a prestar el servicio de transporte deberán cumplir con los requisitos de la orden Regulatoria 7/20 y presentar autorización a la AMT mediante nota vía mail a presidencia@amtsalta.gov.ar quien emitirá, por idéntica vía, la correspondiente autorización en un plazo máximo de 24 horas de verificado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos.

“Los pasajeros deberán encontrarse dentro de la provincia de Salta y el traslado, tanto en su punto de origen como el de destino, deberá ser la provincia de Salta. No se podrá transportar a personas mayores de 60 años por encontrarse dentro del grupo de mayor riesgo según la OMS. Bajo ningún punto se permitirá el traslado de pasajeros parados, ya que los mismos no deben permanecer a menos de un metro de distancia".

Entre las recomendacoines de la resolución 7/20 se establece: “los usuarios deberán mantener durante todo el viaje las ventanillas abiertas aún con bajas temperaturas. Los choferes deberán circular con barbijos y guantes descartables, debiendo contar en el interior de la unidad con alcohol en gel y/o similar”.

Por último, la resolución establece sanciones para quienes incumplan con las normas de seguridad expuestas, las multas para quienes violen la disposición podrá ir desde 1 US (unidad de sanción) a 100 US.

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