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NACIONALES El Expreso de Salta 18 de junio de 2026

El Gobierno promulgó la ley que permite regularizar armas sin registro

La norma otorga un año para inscribir ante la ANMAC equipos de uso civil que estén fuera del sistema. Quienes no estén imputados quedarán exentos de consecuencias penales y administrativas. También se extiende hasta 2027 el plan de entrega voluntaria.

El Gobierno promulgó la Ley 27.805, que establece un régimen excepcional para la regularización de armas de fuego no registradas o con documentación irregular y extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 la vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.

La norma, publicada este jueves en el Boletín Oficial, fija un plazo de 360 días para que los poseedores de armas clasificadas como de "uso civil" o "uso civil condicional" que carezcan de registración, o cuya situación registral se haya tornado irregular, puedan presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) para iniciar el proceso de regularización.

La ley dispone que, una vez cumplidas las verificaciones técnicas y administrativas correspondientes, las armas y sus poseedores serán incorporados al Banco Nacional Informatizado de Datos del organismo, que funciona bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es que quienes adhieran al régimen quedarán exentos de sanciones penales y administrativas por la tenencia ilegal de armas, siempre que la situación sea informada voluntariamente y que al momento de la regularización no exista una imputación judicial previa vinculada a ese material.

El texto también prevé que las personas que no cuenten con la condición de legítimo usuario deberán tramitarla junto con la autorización de tenencia correspondiente. En los casos en que se detecten impedimentos registrales o técnicos graves, se podrán impulsar procedimientos administrativos o judiciales para el secuestro del arma involucrada.

A su vez, la ley obliga a la ANMAC a informar a quienes inicien el trámite sobre los riesgos asociados a la tenencia de armas de fuego y las alternativas existentes para su entrega voluntaria y anónima. El organismo también deberá desarrollar una campaña de difusión para dar a conocer los alcances de la nueva normativa.

Otro de los puntos relevantes es la extensión del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, una política pública creada por la Ley 26.216 y prorrogada en sucesivas oportunidades. Con la nueva disposición, su vigencia se extenderá desde el 1° de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027.

La Ley 27.805 fue sancionada por el Congreso de la Nación el 14 de mayo pasado y quedó promulgada de hecho el 10 de junio, según consta en la certificación oficial publicada este jueves. La entrada en vigencia operará 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.

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