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NACIONALES El Expreso de Salta 06 de mayo de 2026

Régimen zona fría: Milei presentó un proyecto para recortar los subsidios al gas

En pos del equilibrio fiscal, presentó un proyecto en Diputados que acota las áreas que reciben beneficios por registrar bajas temperaturas e introduce criterios socioeconómicos para su otorgamiento.

A menos de 24 horas de reforzar los subsidios al gas durante el mes de mayo para evitar un incremento de las tarifas a causa de la guerra en Medio Oriente, el presidente Javier Milei envió este martes a Diputados un proyecto para acotar el alcance del régimen de zona fría. Así mismo, la iniciativa deroga una serie de regímenes de promoción de hidrocarburos.

El proyecto, que lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del Presidente, busca establecer una segmentación geográfica y socioeconómica de los subsidios, “conforme a principios de equidad, uso eficiente de los recursos públicos y responsabilidad fiscal”.

Por un lado, el texto acota la “zona fría”, que en el año 2021 –durante el Gobierno de Alberto Fernández– se amplió de manera considerable. Hasta aquel año, el beneficio del régimen de zona fría consistía en el establecimiento de tarifas diferenciales, equivalente al 50% de la tarifa plena, para los usuarios de la Región Patagónica, el departamento Malargüe (Mendoza) y la región de la Puna.

Con la sanción de la ley, en 2021, la “zona fría” se amplió a localidades de Mendoza, San Juan, San Luis, Salta, Córdoba, La Rioja, Salta, Tucumán y Catamarca, además de cincuenta municipios de la provincia de Buenos Aires con clima frío o templado-frío.

Para el gobierno libertario, con aquella ampliación se “extendió el beneficio a regiones sin condiciones climáticas equivalentes, incrementando significativamente el universo de beneficiarios, el costo fiscal del régimen y la magnitud de subsidios cruzados entre jurisdicciones, desnaturalizando el carácter focalizado del sistema”. De allí que busca derogar varios de los artículos de la ley sancionada durante el gobierno pasado.

“Es necesario conciliar el Régimen de Zona Fría con el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) a fin de garantizar a los hogares que residan en la zona ampliada y que estén registrados en el citado régimen de SEF un beneficio adicional ‘por zona fría’”, rezan los fundamentos que acompañan al proyecto, que busca llevar adelante una readecuación del régimen de subsidios al gas.

En pos de revertir ese panorama, el texto libertario apunta a tomar no solo los criterios geográficos que rigieron hasta antes de la ampliación sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández, sino que también contempla el nuevo régimen SEF para el otorgamiento de los subsidios.

En otras palabras, el texto mantiene el subsidio del 50% para la Patagonia, la Puna y Malargüe. En tanto, para el resto de las localidades, incluidas a partir del 2021, se tomará como criterio el SEF. Este abarca a los hogares que registran ingresos netos por el grupo familiar inferiores o iguales al valor de tres Canastas Básicas Totales para un “Hogar 2”, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Asimismo, el SEF incluye a los hogares que tengan un integrante que cuente con Certificado de Vivienda Familiar (Renabap) o Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Por otra parte, el proyecto establece que los subsidios se calculen exclusivamente sobre el precio del gas, excluyendo a distribuidoras y subdistribuidoras de la cadena de pagos.

Por otra parte, el proyecto presentado en Diputados también prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 la exención de gravámenes para las fuentes renovables del artículo 4° de la Ley 26.190. Allí se incluyen, entre otras, energía eólica, solar, geotérmica, mareomotriz, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración y biogás.

Además, la iniciativa libertaria deroga una serie de regímenes de promoción de hidrocarburos. Por un lado, el Decreto 277/2022 de regímenes de acceso a divisas para producción incremental de petróleo y gas. Por otro, deroga el Decreto 929/2013 y artículos 19 a 22 de la Ley 27.007 (Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos).

Aunque, se especifica en el proyecto, se respetan los derechos adquiridos de los proyectos ya aprobados.

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