
Solicitud de fortalecimiento del cumplimiento voluntario, la seguridad jurídica y la eficiencia de la administración tributaria
SALTA04 de agosto de 2026 El Expreso de SaltaLos profesionales en Ciencias Económicas, de Salta y otras provincias, que suscribimos la presente nos dirigimos a Ud., solicitándole tenga a bien elevar las consideraciones y propuestas que se exponen a continuación a las autoridades de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), al Ministerio de Economía de la Nación y, si lo estimara pertinente, al Señor Presidente de la Nación, Dr. Javier Milei.
Deseamos comenzar expresando nuestra adhesión al proceso que impulsa el Gobierno Nacional, en lo referido a la búsqueda adecuada del equilibrio fiscal, la reducción de la presión tributaria, la simplificación del sistema impositivo, la promoción del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, la modernización de la administración tributaria y el fortalecimiento de la seguridad jurídica en resguardo de los derechos de los contribuyentes, entre otros.
Compartimos dichos objetivos, convencidos de que constituyen pilares indispensables para que el Gobierno satisfaga las necesidades públicas, en el rol fundamental que le cabe por el bienestar de los ciudadanos. Precisamente porque compartimos esos objetivos, entendemos que resulta necesario transmitir, desde la experiencia cotidiana del ejercicio profesional en el interior del país, determinadas dificultades que hoy obstaculizan su plena concreción.
Los profesionales en Ciencias Económicas constituimos un eslabón esencial entre la Administración Tributaria y los contribuyentes. Somos quienes diariamente interpretamos las normas, asesoramos a empresas, comercios, productores, trabajadores y pequeños contribuyentes, procurando que las obligaciones tributarias se cumplan en tiempo y forma. El éxito de cualquier política de simplificación tributaria depende, en buena medida, de que quienes debemos aplicarla podamos hacerlo con reglas claras, sistemas confiables y criterios uniformes.
En los últimos meses hemos observado con preocupación que numerosas reformas normativas (alguna de ellas aún en el Congreso de la Nación, como Inocencia Fiscal II), aun siendo valiosas en sus objetivos, han debido implementarse en plazos muy reducidos, 1 mediante aplicativos informáticos que en muchos casos aún presentan inconsistencias operativas, dificultades técnicas y criterios interpretativos insuficientemente definidos. Ello ha sido advertido no solo por los profesionales de nuestra provincia sino también por la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas y la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, que ha efectuado diversas presentaciones institucionales solicitando la adecuación de los sistemas, la reprogramación de vencimientos y la adopción de medidas que permitan garantizar la correcta determinación de todas las obligaciones tributarias materiales y formales.
A la vez tales instituciones, que nos representan a nivel nacional, deberían ser recibidas y escuchadas por las máximas autoridades nacionales ya que solicitaron sendas audiencias para ello. La simplificación tributaria constituye un objetivo ampliamente compartido. Sin embargo, entendemos que ella solo puede alcanzarse plenamente cuando la simplificación normativa se acompaña de estabilidad informática, adecuada reglamentación, suficiente anticipación en la implementación de los cambios y seguridad jurídica para quienes deben adoptar decisiones patrimoniales y tributarias de relevancia.
Las dudas interpretativas, las modificaciones sucesivas de los aplicativos, las inconsistencias sistémicas y la necesidad de resolver permanentemente problemas operativos generan incertidumbre tanto para los contribuyentes como para los profesionales que los asistimos, incrementando innecesariamente los riesgos de incumplimientos involuntarios (llegando incluso a los no deseados juicios de ejecución fiscal y embargos), dificultando precisamente aquello que todos procuramos: el cumplimiento espontáneo y voluntario de las obligaciones fiscales, proclamado permanentemente por el Presidente de la Nación.
Por otra parte, entendemos oportuno solicitar una revisión del régimen de multas previsto en la Ley Nº 11.683. Si bien compartimos la necesidad de que existan sanciones frente a los incumplimientos, estimamos que sus montos y modalidades de aplicación deberían adecuarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, entre otros, con el indispensable análisis del elemento subjetivo, más aún respecto de pequeños y medianos contribuyentes. Las sanciones excesivamente gravosas pueden terminar desvirtuando su finalidad preventiva y dificultando la continuidad de actividades económicas que aún hoy atraviesan un proceso de adaptación al nuevo contexto macroeconómico.
En igual sentido se ha pronunciado recientemente la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas. Asimismo, mientras culmina el proceso de adecuación normativa y tecnológica actualmente en curso, solicitamos respetuosamente que la Administración Tributaria adopte un criterio de mayor comprensión y acompañamiento hacia los contribuyentes que demuestran una conducta colaborativa y voluntad de cumplimiento, particularmente cuando las dificultades obedecen a problemas sistémicos o a razonables dudas interpretativas. Ello fortalecería el vínculo de confianza entre la administración y la 2 ciudadanía, favoreciendo el cumplimiento voluntario que inspira las actuales políticas públicas.
Finalmente, deseamos poner a consideración una propuesta de naturaleza institucional que entendemos contribuiría significativamente a la calidad del ejercicio profesional y, en definitiva, al propio funcionamiento del sistema tributario. Solicitamos que se analice la posibilidad de establecer una feria fiscal integral durante el mes de enero y una feria parcial durante quince días del mes de julio, mediante una adecuada planificación anual de los cronogramas de vencimientos y actuaciones administrativas.
Consideramos que dicha medida no ocasionaría perjuicio alguno a la recaudación si fuera oportunamente prevista dentro de la programación financiera del Estado. Por el contrario, permitiría garantizar el derecho al descanso, a la salud y al trabajo digno consagrado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional (“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones…”), beneficiando especialmente a miles de profesionales independientes que desarrollan su actividad en el interior del país con estructuras pequeñas, prestando durante todo el año un servicio esencial para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Estamos convencidos de que una administración tributaria moderna no solo debe procurar eficiencia recaudatoria, sino también generar un marco de previsibilidad, cooperación y confianza mutua entre el Estado, los contribuyentes y los profesionales que diariamente colaboramos con el cumplimiento de la ley. Reiterando nuestro acompañamiento a los objetivos institucionales perseguidos por el Gobierno Nacional y nuestra permanente disposición para colaborar técnicamente en el perfeccionamiento del sistema tributario argentino, solicitamos respetuosamente que la presente sea elevada a las autoridades competentes para su consideración. Reconocemos y valoramos la permanente disposición al diálogo demostrada por esa Regional, razón por la cual confiamos en que las presentes inquietudes serán receptadas como un aporte constructivo orientado a fortalecer la relación de cooperación entre la Administración Tributaria, los contribuyentes y los profesionales en Ciencias Económicas.
Sin otro particular, saludamos a Ud. con la más distinguida consideración.
Brandan, Gustavo – MP Salta - DNI 12.959.757
Hermosinda Egüez – MP Salta 701 – DNI 12.860012
Navarro Macarena MP 3699 Joaquín V. González (Salta) DNI 37.745.187
Cordero Mariela Judith MP 3294 Tartagal (Salta) DNI 24.519.511
Andrea del Milagro Cardozo MP 1804 Salta DNI 23.584.292 3
Enrique Calderon MP 2012 Salta DNI 25.069.784
Liliana Bejarano MP 104582 Salta DNI 24.697.558
Analia Arias MP 2304 Salta DNI 26.222.625
Juan Pablo López López MP 2183 Salta DNI 27.034.407
Pablo Sarmiento Barbieri MP 3663 Salta DNI 35197850
Maria Wierna MP 3963 Salta DNI 30221080
Gabriela Marquez MP Salta 2171 DNI 26.308.49
Daniel Fuenteseca MP 1499 Salta DNI 20.232.699
Javier Finquelstein MP 2239 Salta DNI 27.905.202
Rojas Silvia Beatriz Mat 1116 Salta DNI 12.957.249
Jorge Enrique Pecorino MP 965 Salta DNI 13.638.401
Fernando Nieva MP Salta 1950 DNI 24.697.739
Adriana Mariel Escalante MP 3953 Salta DNI 28.633.647
Mirian Liliana Beltrán MP 2805 Salta DNI 14.176.346
Valeria Leiva Toledo MP 3901 Salta DNI 28.398.408
Martha E Quipildor MP 2019 Salta DNI 22.637.797
Sonia Beatriz Torrejon MP 3124 Salta DNI 20.706.566
Pablo Alejandro Romano MP 3438 Salta DNI 27.974.400
Marquez Aranda Ernesto Federico MP 2484 Salta DNI 20.609.554
Guaymasi Jorge A. MP 2972 Salta DNI 20.232.925
Esliman Eleonora MP 3878 Salta DNI 32.804.353
Galdeano, Liliana Patricia MP 1.456 Salta DNI 20.232.181
Tomas Anauati, Roxana Mat:1603 Salta DNI 17.308.771
Rosendo Barro MP 1991 Salta DNI 92905157
Julio Rios DNI 25.874.983 MP 2.331 Salta
Cynthia Rueda MP 3836 DNI 33754163
MARCELO JOSE CAMACHO MP 2045 DNI 24654576
Maldonado Lilian Patricia MP 1420 DNI 16722196
Terrazas, Pablo Federico 23. MP 3504 DNI 30.072.110
Juan Alejandro Yampa MP 4201 DNI 25761128
María Inés Sánchez Perry MP 1203 DNI 16307572
Mónica Gabriela Russo MP 4167 DNI 26.031.926
Myrtha Mera MP 0524 DNI 11.869.814
Alejandra Lorena Falcone DNI 21310215 MP 1444 Tartagal (Salta) 4
Jose I. Fernandez Campos DNI 25923303 MP 2.079 Tartagal (Salta)
Fabio Ángel Palavecino, DNI 24.395.852 MP 1736 Tartagal (Salta)
Rodriguez Fernando Alberto. DNI 21315624. MP N° 1425 Tartagal (Salta)
Cristos C Zottos MP 1545 DNI 13577831 TARTAGAL
Melinda Molina MP 2093 Tartagal 27034788
MOISES E DARRULL MP 398 Salvador Maza Pocitos (Salta) DNI 11051256
Ponna Catalina Elsa DNI 11364627 MP 502 Tartagal (Salta)
Chaile Virginia Leticia DNI 36338584 MP 4916 Tartagal (Salta)
Carolina Calvimonte DNI 24072732, MP 1952 Tartagal (Salta)
Estrada Walter Exequiel DNI: 38213586 MP 4786 Tartagal (Salta)
Spiess Luis Rolando DNI 16934636 MP 1379 Tartagal (Salta)
Altamirano Julio César DNI 22097484. MP 1860 Tartagal (Salta)
Roxana Soria DNI 29570799 MP 4795 Tartagal (Salta)
Valeria Adriana Bonadeo DNI 27131904 MP 2334 Tartagal (Salta)
Tito Esparza Luis Ariel DNI 23917932 MP1691 Tartagal (Salta)
Ochoa Ruth Cintia, DNI 38272767 MP 4883 Tartagal (Salta)
Cintia del Carmen Vacaflores, DNI 20102977 MP 638 Jujuy
Silvia S. Plaza M.P 2882 Salta DNI 28.037.392
Ariel Castillo M.P. 1 888 Salta DNI 23 316 660
María Fernanda Acosta MP 1979 Salta DNI 24453479
Patricia Altamirano – MP 871 (Salta) – DNI 14.550.698
Héctor Aderbal Robledo – MP 1268 – DNI 16.308.074
Marta Miriam Mendoza – MP 1945 – DNI 17.350.391
Camú Alejandro Elías – MP 2499 – DNI 24.736.223
Torrez Nayra Aruma – MP 4059 – DNI 35.482.486
Gallo Sergio Roberto – MP 1414 – DNI 16.517.617
Fernández Grecco Virna Rocío – MP 3615 – DNI 33.090.308
Dreer Marcela – MP 1716 – DNI 18.230.017
Mónica del Carmen Girón – MP 1793 – DNI 17.791.919
Julio Ricardo Barrios – MP 1213 – DNI 13.674.375
Clara Villarreal – MP 1660 Salta – DNI 17.134.336
Julio Matías Crespo – MP 10-2711 – DNI 28.049.820 (Orán)
Griselda Ricón – MP 2271 – DNI 25.411.835
Natalia Inés Martín – MP 2992 – DNI 31.340.702 5
Ramos Lico María Cecilia – MP 2881 – DNI 22.146.002
Famá Alejandra Silvana – MP 3295 – DNI 27.973.976
Núñez Marta I. – MP 2551 – DNI 25.783.355
Álvarez Paula Sofía – MP 4645 – DNI 28.096.107
Del Barco María Inés – MP 3138 – DNI 28.634.391
Bravo Beatriz María – MP 3937 – DNI 33.627.742
Sara Gabriela Vaca – MP 2815 – DNI 31.897.992
Ríos Carmen – MP 2489 – DNI 23.318.560
Mirtha Angélica Vivas – MP 2885 – DNI 17.582.162
Guadalupe Mc Murrer – MP 2493 – DNI 25.829.802
Celeste Lizárraga – MP 4032
Alejandra Ontiveros – MP 1514 – DNI 21.634.545
Débora García – MP 3611 – DNI 2.413.845 (verificar)
Carlos A. Alias – MP 692 – DNI 12.712.168
Analía V. Romero – MP 2122 – DNI 25.490.809
Juan Pablo Parentis – MP 1373 – DNI 18.019.733
Sandra Verónica Quipildor MP 1532 Provincia de Jujuy
Omar Rodriguez MP N* 749 DNÍ 11.943.204
Gabriel Amaya MP N°4423 DNI 31.948.626
Acosta Raúl Eduardo. DNI 14.747.196. MP 1119. Gral. E. Mosconi.Salta
Fernando Anachuri MP 3197 DNI 25.086.828
Laura Beatriz Deiana MP 749 Consejo Profesional de Cien Econ de Jujuy
Sergio Armando Simesen de Bielke – MP Salta 191 – DNI 8.175.738
Sergio Martin Simesen de Bielke – MP 1757 Salta
Valeria Cristina Simesen de Bielke – MP 3014 Salta
VELEIZAN CINTIA ELIZABET. MP 2810 Consejo profesional Salta.
Agustín ANDRÉS MP 1506 CPCE Jujuy
CORREA Ramón L., MP 778, CPCE Santiago del Estero
Julio Gabriel Hiso MP 865 CPCE de Jujuy
CARLOS ALBERTO RODO MP 1020 CPCE JUJUY
Jorge Eduardo Torres Tomo 405 Folio 040 Consejo CABA
Nancy Susana Rez Masud Tomo 419 Folio 077 Consejo CABA
Juen Eduardo Bassutti MP744 CPCE Jujuy
Silvia Ancasi. Matrícula 885. C.PCE de Jujuy 6
Rita Analia Tirado MP 3088 DNI 26.491.800
Romero Liliana Fabiola MP 2008 CPCES
Leañoz Silvia Daniela Mat 822 CPCE Jujuy
Diego Zeballos MP 1062 CPCE Jujuy
Zottos Vanina E. MP 2996 DNI 30443685
Pablo Tello Volante, 25203103 MP 20743 cámara I Santa Fe
Benjamín Lavaque T238 F136 CPCECABA Mat. 897 CPCE Jujuy Mat 1922 CPCE Salta
Graciela Susana Baron Mat 2344 CPCE Entre Ríos
Maria Agostina Planiscig Mat CPCE Entre Ríos 4911
Nelida Silvana Pujato CPCECABA Tomo 209 Folio 161
Ximena Morales MP N° 3115 CPCESLA
Rene A. Rios MP Salta_ DNI 16.780.414
González Teresa Teodolinda MN C.P.C.E.C.A.B.A Tº 322 Fº 242 DNI 12.536.421
Hernando Barbito MP. 1321 CPCE Salta
Cecilia Periale C.P.C.E.C.A.B.A. T340 T086
Quicaño Ibarra Virginia DNI 18.818.909 MP.2295
FLORENCIA CECILIA PEZZA DNI 36424666 MP 1917 CPCE Jujuy
SILVIA DEL VALLE FLORES DNI 13279640 MP 375 CPCE Jujuy
GONZALO EMANUEL BERNAL DNI 33236332 MP 1734 CPCE Jujuy
William Cortes Avila MP 2674 CPCESLA DNI 92357040
DORADO PORCEL, WILMA Matricula 1.208 DNI 14.695.316
Claudia Hollmann Mat 2710 CPCEER
Fernández, Cora Liliana MP 5066 CPCES (Salta)
Silvana Vietto, MP 1552, Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Chaco
Marianela Nallim Briones- MP Salta 4686-DNI: 38.653.022
FLORES DAVID JORGE MP 2286 DNI 21846002 CPCE SALTA
Mauricio Baltazar Saravia MP. 4740, DNI 41.908.950, Salta
Marcela Atienza MP 4962 de Rosario Provincia de Santa Fe Consejo 2 circunscripción y matriculada también en Buenos Aires Roxana Herrera MP 3999 DNI 35.183.928 CPCES
Ricardo Dario Romero DNI 29.918.401, Matricula 6979 CGCE Tucumán
Gamboa, Verona Lis.MP7052.Tucumán
Claudio Oseroff - MP Neuquén tomo II folio 169 - DNI 10.041.813 7
María Gabriela García Pecci DNI 18.020.053 MP 1371 Salta
Julio Luna y Parias 37469-5 CP BUENOS AIRES
Elisa Verónica Carreras MP 641 CPCE Jujuy
Fiqueni Ramón Jorge MP Salta 2003 DNI 21.921.810
Mario Lozano Barrientos MP 3747 Silvina Muñoz MP 34091 Consejo BsAs Diaz Javier Federico, DNI 23440362, MP 5022, San Miguel de Tucumán, Tucumán
Juan Cruz Ibáñez, DNI 31.193.982, MP 2836 (Salta)
Yonar Eliana Marcela DNI 32.856.559 MP 4077
Javier Berardo DNI 31.193.757 MAT CPCES 2.695
Alvaro Jose Fernandez MP 3774 Salta Capital- DNI 35.261.222
Laura Cecilia Díaz Herrera MP4306 DNI 30.221.616
Oriana Guastella MP 21.180 CPCE de Santa Fe - Cámara II
Acosta Mónica MP 10-12609-9 Córdoba
Fernando Lavilla, Salta, MP. 3315, DNI 32630469
ARRIAGA CECILIA ISABEL MP 954 CPCE de Jujuy Shaira X. Abraham Saba MP 4720 DNI 33.921.091
Sánchez, José Emilio. DNI 14.481.319. MP 2915 CGCET - Tucumán
María Florencia Mamani MP Salta 3629 DNI 35.264.850
Federico Guillermo Kohler MP Salta 3250 DNI 30.635.779
María Florencia Wayar Toledo MP Salta 3676 DNI 34.244.247
Cecilia Salom MP 1018 DNI 14.303.504
Carlos Wagner MP Salta 2546 DNI 23.946.253
María Florencia Villagra Cisneros MP Salta 3373 DNI 34.542.082
SILVIA ROSANA LARA DNI 22611481 MP 1054 Jujuy
Conchas Maria Estela MP 4830 DNI 32.894.792
Cañizares Sebastián MP 3486 DNI 32045041
Juliana Giménez MP Salta 3811 DNI 33.699.395
Déborah Fernanda González MP Salta 103695 DNI 32630977
Burgos Gabriela Carina MAT 1-3057 DNI 27160490
Lampa María Elena – Colegio Tucumán – DNI 12.870.891
Ariel Eduardo Ramos DNI 29336810 MP. 2947 Salta
Noemi Elizabet Suarez, MP 2669, DNI 27.327.639
Testa Héctor Marcelo DNI 18482322 MP 1183 Salta Capital 8
Claudia Beatriz Quintar. DNI 17.792.486. M.P. 101402
Gómez Lopez Maria Gabriela, DNI 28.543.665, MP 2699 CPCE Salta
Mónica Adriana Pacheco Mp 4132 Salta
Carrizo, Fernando Daniel MP 3417 Salta
Gabriel Fernando Siñanes MP. 2963 DNI 28259907
Juan Carlos Orellana, DNI 27.640.552, MP 4176, CPCES
Fatima Elizabeth Soria MP 3236 DNI 27142533
Gabriela del Valle Cardozo MP 3778 DNI 36347303 Cachi - Salta
Diego Raúl Pérez MP 1525 Jujuy DNI 28543360
Zoloaga Milagro del Socorro MP Salta 1949 DNI 23.318.229
FRANCO ENRIQUE SUAREZ Matrícula N° 4627 CPCE Salta
Humberto Carlos Ibarguren - MP 1459 – CPCE Salta.
Nidia M Rodríguez. MP 1325 CPCE Salta
Siguen firmas…


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