
El viernes 15 de agosto fue declarado como día no laborable con fines turísticos

La Secretaría de Trabajo informó que el día 15 de agosto será considerado como día no laborable, con fines turísticos. Esto obedece a que el domingo 17, se conmemorará el Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín, fue establecido como un feriado nacional trasladable pero al caer domingo, queda fijo, según lo establecido en la Ley Nacional N.º 27.399 de feriados y fines de semana largos.
Cabe destacar que prevé su traslado únicamente cuando coincide con días martes o miércoles (para el lunes anterior) o días jueves o viernes (para el lunes siguiente).
De esta manera, al tratarse de día no laborable, la decisión sobre la prestación de servicios recaerá en el sector empleador privado. Esto quiere decir que, si se decide trabajar, el personal deberá cumplir su jornada habitual sin percibir una remuneración adicional. En tanto, si se decide no trabajar, los trabajadores estarán exentos de asistir, percibiendo igualmente su remuneración normal por ese día.
Feriados 2025
El artículo 7 de Ley Nacional N.º 27.399 de feriados y fines de semana largos, estableció para el año 2025 los siguientes días no laborables:
*- Viernes 2 de mayo.
*- Viernes 15 de agosto.
*- Viernes 21 de noviembre.


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