Carta abierta a mis Correligionarias/os y Amigas/os

SALTA17 de febrero de 2025
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He solicitado Audiencia de Mediación convocándose a la misma a Miguel Ernesto Nanni; María Tusnelda Castañares y Alberto Salim,  para el día 17 de este mes a las 17:30 horas teniendo la misma como objeto la reclamación de los Daños y Perjuicios por ante la Administración de Justicia, producidos a mi persona.

En enero de 2.021 se pone en marcha de manera irregular el cronograma electoral para la elección de autoridades partidarias en el Distrito Salta de la Unión Cívica Radical, siendo parte el suscripto del sector opositor interno que había sido fraudulentamente derrotado en los comicios del año 2.018.

Nos preparábamos para la contienda electoral, era a ese entonces el candidato natural a encabezar nuevamente la fórmula para la Presidencia del partido, advirtiéndose de manera pronta irregularidades de todo tipo en el accionar de los órganos partidarios.

Cuando nos preparábamos para presentar las listas de candidatos, fuimos 35 dirigentes opositores de distintas partes de la Provincia notificados de la existencia de causas disciplinarias, lo que terminó con una suspensión de dos años con más la expulsión del Senador por el departamento Cafayate – Sergio Saldaño -.

Me presenté por ante el Tribunal de Disciplina, solicité la entrega de copia de la denuncia existente, como así también de la prueba obrante en mi contra, todo a los efectos de ejercer la adecuada defensa de mis derechos, seguidamente el Tribunal de Disciplina notificó a esta parte la resolución que hizo conocer la inexistencia de denuncia contra mi persona radicada en tal órgano partidario.

Curiosamente, dos o tres días después, fui notificado de la resolución suscripta por los tres Convocados, haciendo conocer que fui sancionado con dos años de suspensión al igual que otros dirigentes del mismo sector político, salvo a Saldaño que fue expulsado.

Agotada la vía partidaria sin respuesta alguna, y perdida toda posibilidad de participación en los comicios internos se promovió por ante la  Administración de Justicia la nulidad de tal resolución sancionatoria, obteniendo en fecha 08 de febrero de 2.022 que el Juzgado Federal de Salta Nro. 1 con competencia electoral dicte sentencia declarando la nulidad de la sanción impuesta a mi persona, por vulneración del principio constitucional de la defensa.-

No cabe duda, el perjuicio se materializó de manera grave, y a partir de las suspensiones aplicadas por el Tribunal de Disciplina a los opositores, el oficialismo quedó dueño y señor de la Unión Cívica Radical, todos los cargos partidarios fueron cubiertos por ignotos personajes sin participación de los afiliados.

Los daños y perjuicios que se reclaman, quiero dejar sentado desde este primer momento, tienen en su totalidad como destino único de manera inmodificable al Hogar Cristo Rey, sito en calle Catamarca al 700 de esta ciudad de Salta, toda vez que no persigo para mí cobro de concepto alguno, sino  poner en los responsables de tal temerario y malicioso accionar la efectivización de las respectivas consecuencias.

Hago saber a quienes detentan cargos partidarios con manifiestas intenciones de seguir persiguiendo radicales, que todo accionar que resulte fuera de los límites de la Carta Orgánica Partidaria traerá para quienes incumplan los mandatos partidarios la efectivización de las responsabilidades pertinentes.

 Por último, esta reclamación la realizo, ratifico, sin interés personal alguno, solo me motiva la  firme convicción de que es necesario poner límites a los seudos dirigentes que no velan por los grandes intereses de la Unión Cívica Radical, sino solo por aquellos que son mezquinos y personales, con lo cual se ha transformado a este gran partido en una pyme sin ningún tipo de atractivo para el conjunto de la sociedad.


Salta, 15 de Febrero de 2.025  
                    Lucho Zavaleta

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