La Cámara Nacional del Trabajo suspendió la reforma laboral del DNU de Milei

Este miércoles los jueces dictaron una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el gobierno de Javier Milei, informaron fuentes judiciales.
NACIONALES03 de enero de 2024 El Expreso de Salta
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FUENTE: Télam

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó en la jornada de hoy, una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el presidente Javier Milei. El tribunal de feria hizo lugar al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), que había apelado una resolución de primera instancia, y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU. “Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, decidieron los jueces por mayoría.

Además, agregaron: “No se evidenciaría objetivamente la ´necesidad´ de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- intentar justificarse en la referencias genéricas a 'un hecho demostrado', lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de 'urgencia' para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo”, sostuvieron los jueces que conformaron la mayoría.

La decisión fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente.

Los jueces destacaron, además, que “no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema 'excepcionalidad”, aseguraron.

Por último, manifestaron: “Varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como 'leyes antievasión”, agregaron los magistrados.

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