Eduardo Barrionuevo: "el uso de celulares por los presos es un derecho pero es supervisado"

El Juez del Tribunal de Impugnación y Presidente del Colegio de Magistrados, Eduardo Barrionuevo, se refirió al fallo a favor del habeas corpus que planteó la posibilidad de que los presos puedan utilizar celulares para comunicarse con sus familiares en Salta. "No hay que pensarlo como un beneficio al preso sino como el sentido que nuestras leyes y Constitución tienen de la pena", aseguró.
JUDICIALES29 de enero de 2021 Redacción El Expreso de Salta
Eduardo Barrionuevo
Eduardo Barrionuevo, Juez del Tribunal de Impugnación y Presidente del Colegio de Magistrados.

Barrionuevo explicó que en Salta se interpuso un habeas corpus el 23 de octubre de 2020 por la Asociación de Pensamiento Penal, encabezada por aquel entonces por el juez bonaerense Mario Juliano, para que se recurra a la comunicación vía celular como un modo de derecho para los internos de la cárcel, frente a las limitaciones que la pandemia implica. "Exista o no restricciones a las visitas, existen una serie de limitaciones que surgen por la propia situación de pandemia que estamos viviendo, como por ejemplo restricciones de transporte público, imposibilidad de trasladarse por ser personas de riesgo, es decir, una serie de situaciones que hacen necesario recurrir a la tecnología como un modo de poder mantener el vínculo entre las personas privadas de su libertad y sus familias", indicó.

"La privación de libertad, tiene por finalidad que la reinserción, conforme lo establece la Convención Americana de las personas en la vida social de un modo saludable y en donde sin duda, se pueda mantener contacto con sus seres queridos. Esto forma parte del proceso y hay que buscar ese sentido, es por eso que se hizo lugar al habeas corpus  y tratar de compatibilizar el valor seguridad con este derecho a la comunicación que tienen las personas privadas de su libertad. Es por eso que se dispuso el uso de telefonía celular de forma supervisada, no implica que cada detenido va a tener el celular a disposición las 24 horas del día sino que en espacio especiales y bajo la supervisión del servicio penitenciario", agregó.

Consultado sobre si este derecho va a continuar cuando se normalice la situación sanitaria, Barrionuevo manifestó que eso le corresponde al Poder Legislativo y Ejecutivo porque hay que hacer la modificación de la ley de ejecución penitenciaria y establecer mecanismos para que esto funciones. "Esta solicitado también en el habeas corpus la implementación de otros medios de tecnología y es por eso que en la sentencia que sortea la Provincia, se pide un comité de expertos para trabajar en el tema. Es una recomendación, no puedo ordenarlo porque primero es una función de los otros poderes del estado. Sería importante que comiencen a participar todos los entes sociales quienes deberán opinar sobre este tema", añadió.

Finalmente, el juez señalo que la pandemia también impidió que las personas privadas de su libertad puedan continuar con sus proyectos educativos ya que al no haber tecnología en las cárceles y clases presenciales, fue imposible que continuaran. "Hay que pensar que en tiempo de normalidad podría ser conveniente este tipo de educación por todo la logística que se tiene que hacer para trasladar a los presos a la universidad. No hay que pensarlo como un beneficio al preso sino como el sentido que nuestras leyes y Constitución tienen de la pena. Si se lo quiere ver hasta egoístamente, la única forma de vivir una sociedad menos violenta es dando herramientas a todos para que podamos tener capacidades para insertarnos de un modo adecuado a la sociedad", concluyó.

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