NACIONALES 28 de diciembre de 2019

Economía: Vuelos al exterior por empresas nacionales no pagarán el 30%; servicios digitales sólo el 8%

Así lo establece la reglamentación a la ley de solidaridad y reactivación productiva, publicada hoy en el Boletín Oficial del gobierno nacional. En donde sí se impone a partir de la fecha el 30% es a las compras que se realicen en el exterior con tarjeta de débito y/o de crédito. Pero quedaron exento de esta nueva carga fiscal las compras de viajes aéreos que se realicen en empresas nacionales, y también los pasajes en buque. En el caso de viajes terrestres a países limítrofes, sean comprados en empresas nacionales o extranjeras, tampoco pagarán el impuesto del 30%.

Esta limitación en la aplicación del impuesto, que generó una nueva cotización de la moneda extranjera que se conoce en la jerga cambiaria como "dólar turista", favorecerá a Aerolíneas Argentinas.
De todas maneras, en la actualidad existen 22 cotizaciones de dólar según las distintas actividades comerciales con vinculación en el mundo exterior: lácteo, cárnico, trigo, maní o ruso, puerta a puerta (compras por internet) digital, turista, soja, frutas, Vaca Muerta, Bolsa, entre otras.
Por ejemplo, en la compra de servicios digitales que prestan empresas internacionales, (Spotify o Neflix, las más conocidas) al no aplicarse el 30% del dólar turista, sino sólo un impuesto del 8%, genera una nueva cotización que seguramente se llamará “dólar digital”.
Una de las cuestiones que se conocieron este sábado son las nuevas alícuotas del impuesto a los Bienes Personales en el marco de la ley de Emergencia Económica, a través del decreto 99 publicado hoy en el Boletín Oficial.
En una medida tendiente a estimular la repatriación de activos argentinos en el exterior, se estableció una alícuota diferencial de hasta 2,25% para los bienes fuera del país, y se otorgan beneficios a quienes los retornen a la Argentina.
En los considerandos del citado decreto, se menciona que "se incorporó la posibilidad de fijar alícuotas diferenciales para gravar los bienes situados en el exterior pudiendo disminuirlas cuando se verifique su repatriación".
NEFLIX Y SPOTIFY: 8%
Esta limitación en la aplicación del impuesto, que generó una nueva cotización de la moneda extranjera que se conoce en la jerga cambiaria como "dólar turista", favorecerá a Aerolíneas Argentinas.
De todas maneras, en la actualidad existen 22 cotizaciones de dólar según las distintas actividades comerciales con vinculación en el mundo exterior: lácteo, cárnico, trigo, maní o ruso, puerta a puerta (compras por internet) digital, turista, soja, frutas, Vaca Muerta, Bolsa, entre otras.
Por ejemplo, en la compra de servicios digitales que prestan empresas internacionales, (Spotify o Neflix, las más conocidas) al no aplicarse el 30% del dólar turista, sino sólo un impuesto del 8%, genera una nueva cotización que seguramente se llamará “dólar digital”.
Una de las cuestiones que se conocieron este sábado son las nuevas alícuotas del impuesto a los Bienes Personales en el marco de la ley de Emergencia Económica, a través del decreto 99 publicado hoy en el Boletín Oficial.
BIENES PERSONALES
En una medida tendiente a estimular la repatriación de activos argentinos en el exterior, se estableció una alícuota diferencial de hasta 2,25% para los bienes fuera del país, y se otorgan beneficios a quienes los retornen a la Argentina.
En los considerandos del citado decreto, se menciona que "se incorporó la posibilidad de fijar alícuotas diferenciales para gravar los bienes situados en el exterior pudiendo disminuirlas cuando se verifique su repatriación".

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