NACIONALES El Expreso de Salta 06 de septiembre de 2026

Río Negro legaliza la comercialización de carne de jabalí para frenar su avance destructivo

Tras derogar una norma de más de tres décadas, la Legislatura rionegrina sancionó un nuevo marco regulatorio que habilita el faenamiento y venta de especies invasoras bajo rigurosos protocolos sanitarios.

La Legislatura de la provincia de Río Negro aprobó por mayoría una reforma estructural a su régimen cárnico que, tras sustituir una normativa con 35 años de vigencia, autoriza de manera formal el procesamiento, traslado y venta de productos derivados de la fauna silvestre, con foco primordial en el jabalí. La medida responde a un reclamo sostenido de las entidades agropecuarias locales ante la proliferación descontrolada de este animal exótico e invasor, cuyos hábitos generan severos perjuicios ambientales, pérdidas productivas y riesgos sanitarios en los campos patagónicos. Con este cambio legislativo, el Estado provincial busca transformar una plaga recurrente en un recurso formal de aprovechamiento económico y gastronómico.

El flamante marco legal fija condiciones operativas estrictas para impedir la clandestinidad y garantizar la seguridad alimentaria en toda la cadena de valor. El texto establece que cualquier pieza silvestre con destino comercial deberá ser faenada obligatoriamente en instalaciones habilitadas —ya sean de escala industrial o artesanal—, quedando terminantemente vetada la captura mediante el empleo de perros o métodos cruentos que generen sufrimiento innecesario o riesgos de contaminación biológica. A su vez, los ejemplares requerirán tareas inmediatas de eviscerado y desangrado a campo antes de su ingreso a los frigoríficos, donde se someterán a rigurosos análisis bromatológicos, procesos de higienización y controles de trazabilidad a cargo de las autoridades sanitarias y de fauna.

En paralelo a la incorporación de los animales silvestres, la ley introduce la figura del autoconsumo familiar, permitiendo que los productores rurales trasladen carnes desde sus campos hacia los centros urbanos mediante una guía oficial no comercial, con precintos herméticos y plazos de validez de 48 horas fiscalizados por la policía caminera y rural. Asimismo, la normativa estratifica las capacidades de faena para pequeños emprendimientos, mataderos rurales y plantas procesadoras de subproductos como chacinados, quesos y conservas, dotando de seguridad jurídica a sectores que operaban en vacíos normativos. Desde el sector ruralista celebraron la medida como una modernización indispensable que desburocratiza la actividad pecuaria sin resignar los estándares de salubridad pública.

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