NACIONALES El Expreso de Salta 27 de julio de 2026

Habilitaron las cuentas en dólares para que las empresas abonen los salarios en la moneda extranjera

La autoridad monetaria modificó la operatoria para las entidades empleadoras. La medida responde a los cambios previstos en la reforma laboral.

El Banco Central (BCRA) habilitó las cuentas sueldo en dólares para que las empresas abonen los salarios en la moneda extranjera. La medida ajusta la normativa vigente a los cambios previstos en la reforma laboral.

La decisión fue formalizada a través de la comunicación “A” 8460 de la autoridad monetaria en la que dispuso “incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la 'Cuenta sueldo'”.

De esta manera, el BCRA adecuó su normativa a los cambios introducidos por la Ley 27.802 que modificó el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo que establece que “el salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera”.

Según indica la medida, los bancos estarán obligados a atender los depósitos y las extracciones de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta.

En las demás sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, esa posibilidad dependerá que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de efectivo.

Desde el BCRA explicaron que la modificación abarcará también a ”las eventuales cuentas sueldo en dólares que se utilicen para el pago de remuneraciones de trabajadores no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo”.

Habilitan a las empresas a abrir cuentas en dólares para abonar salarios: las principales claves

El Banco Central (BCRA) habilitó las cuentas sueldo en dólares para que las empresas puedan pagar salarios en esa divisa.

Según indicaron fuentes de la autoridad monetaria, las principales claves de la comunicación “A” 8460 son las siguientes:

  • La cuenta sueldo en dólares tendrá los mismos servicios y movimientos sin costos previstos para la cuenta sueldo en pesos. Esto incluye la apertura y mantenimiento de la cuenta, transferencias, extracciones y demás movimientos hasta el monto de las acreditaciones de los sueldos en moneda extranjera.
  • Los montos acumulados pueden ser extraídos sin límite de tiempo.
  • La operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo en dólares será obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta.
  • En otras sucursales, cajeros automáticos y terminales autoservicio dependerá que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de efectivo.

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