NACIONALES27 de diciembre de 2023

Un juez admitió analizar el primer amparo colectivo contra el decretazo de Milei

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°2, a cargo de Esteban Furnari, resolvió admitir la acción iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad como amparo colectivo y en consecuencia, ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos. La acción iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad en conjunto con los políticos Hugo “Cachorro” Godoy, Claudio Lozano y Rodolfo Aguiar, fue presentada el mismo día que se publicó el decreto en cuestión.

Un juzgado federal admitió analizar la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía, a petición de una organización que presentó un amparo colectivo contra la medida del presidente Javier Milei. Se trata de la primera acción de este tipo contra el DNU 70/2023.
 
El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°2, a cargo de Esteban Furnari, resolvió admitir la acción iniciada por el Observatorio de del Derecho a la Ciudad como amparo colectivo, y en consecuencia, ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos. La acción iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad en conjunto con los políticos Hugo “Cachorro” Godoy, Claudio Lozano y Rodolfo Aguiar, fue presentada el mismo día que se publicó el decreto en cuestión.
En la presentación argumentaron que la iniciativa constituye una "desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.
 
El objeto de la demanda pretende obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fue dictado en su cumplimiento, por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3) y por constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público.
 
Este jueves se presentaron los primeros amparos contra el DNU del presidente de la Nación, Javier Milei, ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. La presentación la hicieron la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad por un lado, y él partido Unidad Popular que preside Claudio Lozano junto a la CTA Autónoma de Hugo "Cachorro" Godoy, ATE nacional y otros organismos, por otro, por considerar el DNU "inconstitucional y antidemocrático".
 
Como medida cautelar, solicitaron "la suspensión de los efectos y vigencia del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento". "Con un DNU inconstitucional y carente de todo fundamento, Milei pretende avanzar en su estrategia de demolición sobre la sociedad argentina", denunció Lozano. Además de Unidad Popular, la CTA-A y ATE, el recurso fue radicado por el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y el Movimiento La Ciudad Somos los que la Habitamos.

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