Feria Judicial Extraordinaria en el Poder Judicial de Salta entre el 28 de agosto hasta el 11 de septiembre

La Corte de Justicia de Salta dispuso establecer Feria Judicial Extraordinaria con suspensión de plazos para el Distrito Judicial Centro desde e 28 de agosto y hasta el 11 de septiembre inclusive en el marco de la emergencia sanitaria.

JUDICIALES 27 de agosto de 2020
Ciudad Judicial de Salta (2)
Ciudad Judicial de Salta

Durante este plazo el horario de trabajo en el Distrito Judicial del Centro será matutino de 9 a 13 y vespertino de 14 a 18. En el horario vespertino trabajaran, como lo venían haciendo, los tribunales colegiados. 

De este modo, desde el 28 de agosto hasta las 12 del 1 de septiembre, se podrá solicitar electrónicamente la habilitación a feria de aquellos expedientes cuyas materias se encuentren previstas en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Sin embargo, la Acordada 13175 establece que los jueces en feria podrán tramitar asuntos peticionados por mandatarios o letrados patrocinantes cuando consideren que las circunstancias del caso o las constancias justifiquen su tramitación, con arreglo a los principios de acceso a la jurisdicción y tutela judicial efectiva.

Durante esta etapa que sólo podrán concurrir presencialmente a Ciudad Judicial los tribunales y juzgados de turno y aquellos autorizados expresamente por la Corte de Justicia. El resto de los jueces, funcionarios y empleados continuarán trabajando en forma remota para lo cual se dispuso que permanezcan en sus hogares con disponibilidad para atender teléfonos ante cualquier emergencia.

La Corte de Justicia exhortó a los jueces de todas las instancias y fueros no incluidos en la Feria Judicial Extraordinaria a programar sus tareas a fin de que se dicten, en la medida de lo posible “resoluciones interlocutorias o sentencias definitivas que se encuentren pendientes” y advirtió que “Con las medidas de higiene adecuadas podrán ingresar a sus respectivos tribunales a fin de acceder a las constancias del expediente que no se encuentren en formato digital y sean imprescindibles” para lo cual se establecerá en forma posterior el cronograma para la protocolización de las sentencias definitivas o interlocutorias dictadas en esta etapa.

Las presentaciones seguirán haciéndose a través de las mesas de entradas virtuales.

Los tribunales y juzgados podrán recibir escritos en formato papel en casos expresamente establecidos en la Acordada: 1) la presentación deba efectuarla quien no tenga carácter de parte, letrado o auxiliar de justicia, siempre que no hayan tomado alguna intervención que los habilite a realizar presentaciones electrónicas. 2) Cuando la legislación vigente permita a la parte presentar escrito sin letrado. 3) Cuando la recepción del escrito papel implique la única manera de evitar la pérdida de algún derecho.

El ingreso de letrados y auxiliares de justicia a los edificios del Poder Judicial estará restringido sólo para los casos en que resulte indispensable y urgente, recomendándose “que su permanencia sea solamente para realizar esos actos.” En cuando al público en general, podrá ingresar exhibiendo la notificación correspondiente.

La Acordada recuerda que en los Distritos Judiciales Orán y Tartagal se presta un servicio excepcional en la emergencia por razones sanitarias ( Acordada 13169), vigente desde el pasado 10 de agosto.

El Comité Operativo de Emergencia (COE), por Resolución 47/2020 dispuso "... nuevas limitaciones a determinadas actividades que hacen a la concurrencia masiva de personas, tanto en lugares públicos como privados”.

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