SALTA 06 de noviembre de 2020

¡Por fin un “correctivo judicial” al COE!

Una jueza oranense puso fin a una medida irracional del COE provincial y ordenó que se deje ingresar a los ciudadanos de esa ciudad norteña a Salta Capital, que el organismo de emergencia sanitaria prohibió con el pretexto de evitar contagios. La magistrada hizo lo que ningún fiscal de Salta ni juez se animó en todo este tiempo de pandemia. Los medios oranenses celebraron la decisión.

La jueza de Familia Nro.2, de San Ramón de la Nueva Orán, doctora Ana María Carriquiry, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por vecinos oranenses que se sintieron discriminados luego que el COE dispusiera la insólita prohibición para que ingresarán a Salta Capital, sin analizar el contexto de los servicios de salud en la provincia, ya que el interior no cuenta con todos los servicios médicos y muchos se ven en la necesidad de realizarlos en Salta Capital.
“Durante el juicio se demostró que el Estado Provincial pidió estudios de coronavirus a los habitantes de Orán como requisito para ingresar a Salta y demoró a un trabajador varias horas al costado de la ruta, quien viajaba con tubos de oxígenos y con muestras de laboratorio para ser analizadas en la ciudad Capital”, dice la magistrada.
Y añade: “Encontré al Estado Provincial responsable de realizar actividades, que en los hechos, implicaron una discriminación para los vecinos de Orán”.
A partir de esta resolución, los ciudadanos oranenses podrán ingresar sin que se les exija “pruebas de PCR ni de test serológicos, lo que por su elevado costo, resulta imposible de afrontar para la mayoría de la población.
Solo se les pedirá una declaración jurada”, explicó la doctora Carriquiry.
Obviamente, que este no fue la única medida cuestionable, hubo muchos intendentes que simulando un personaje de historieta se tomaron atribuciones como no dejar ingresar a familias que llegaban de largos trayectos (como lo hizo el mismo Pablo González de forma irracional) o dejar ingresar vehículos sin tener en cuentas las situaciones particulares.
La resolución aclara muy bien la obligación del estado provincial:
1-  Si los vecinos no tiene forma de emitir una declaración jurada, “el Estado Provincial arbitrará los medios para guiarlos en la tramitación y facilitarles la impresión de las declaraciones juradas de circulación”.
2-  “Si no poseen celulares con conexión a internet el Estado Provincial no podrá exigirles que cuenten con la aplicación SALTA Covid o similares”.
3-  El personal policial deberá procurar que los controles por motivo sanitario se realicen en el menor tiempo posible.
4-  “El Estado Provincial debe realizar protocolos humanitarios para los casos en que las demoras en los controles sanitarios superen los 45 minutos, en cuyo caso, deberán proporcionar refrigerios y contar con sanitarios químicos para las personas que esperen al costado de la ruta, la decisión de ingreso”.
5- “Ante la negativa de circulación o acceso a la Ciudad Capital deben pedir que se les de por escrito (en papel) los motivos por los cuales se le deniega el ingreso”.

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