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canonical_url: "https://elexpresodesalta.com.ar/contenido/9552/autorizaron-el-transporte-para-el-traslado-de-los-trabajadores-del-campo-y-obrer"
title: "Autorizaron el transporte para el traslado de los trabajadores del campo y obreros"
article_type: "Article"
description: "Lo autorizó AMT mediante resolución 7/20. Solo podrán prestar el servicio prestadores regulares y de turismo registradas. Los interesados deberán cumplir con los requisitos de la orden regulatoria y enviar un mail a presidencia@amtsalta.gov.ar para ser autorizados."
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date_published: "2020-04-02T19:13:00-03:00"
date_modified: "2020-04-02T19:57:31-03:00"
tags:
  - "AMT"
author_name: "Violeta Gil"
category_name: "SALTA"
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# Autorizaron el transporte para el traslado de los trabajadores del campo y obreros

![afip_108](/download/multimedia.normal.b71813c6e5957469.616669705f3130385f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

Una de las actividades económicas que no dejó de funcionar en estos largos 15 días de caurentena fue el sector agropecuario. Muchas personas se manifestaron molestas en los últimos días a través de las redes sociales ya que, finchas en el norte y el sur de la provincia trasladan trabajadores violando todas las normas de seguridad en el marco de la cuarentena y el aislamiento social obligatorio por la emergencia covid-19.

Desde ahora, la **Autoridad Metropolitana de Transporte** exige que se cumplan con las condiciones mínimas de seguridad y pretende regular el traslado de los trabajadores con la resolución **7/20**, lo que hasta acá no hacía.

El servicio de traslado lo podrán brindar únicamente los prestadores regulares o de turismo registrados, ***“manteniendo las medidas de higiene y salud”***.

Estarán autorizados los vehículos tipo VAN (6 a 8 personas); Pick Up (camioneta) doble cabina con capacidad máxima para 5 personas; vehículos SUV (con capacidad máxima para 5 personas); minibuses, furgones y/o ómnibus carrozados (equipados para el transporte de pasajeros).

![4-2 amt](http://elexpresodesalta.com.ar/download/multimedia.miniatura.a84428cf67f644db.342d3220616d745f6d696e6961747572612e6a7067.jpg)El modelo que establece AMT

Las unidades deberán poseer RTO vigente o vencida con posterioridad a partir del 16 de marzo de 2020. También deberán contar con seguro obligatorio vigente para el traslado de pasajeros.

Para los que van a prestar el servicio de transporte deberán cumplir con los requisitos de la orden Regulatoria 7/20 y presentar autorización a la AMT mediante nota vía mail a presidencia@amtsalta.gov.ar quien emitirá, por idéntica vía, la correspondiente autorización en un plazo máximo de 24 horas de verificado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos.

***“Los pasajeros deberán encontrarse dentro de la provincia de Salta y el traslado, tanto en su punto de origen como el de destino, deberá ser la provincia de Salta. No se podrá transportar a personas mayores de 60 años por encontrarse dentro del grupo de mayor riesgo según la OMS.******Bajo ningún punto se permitirá el traslado de pasajeros parados, ya que los mismos no deben permanecer a menos de un metro de distancia".***

Entre las recomendacoines de la resolución 7/20 se establece: ***“los usuarios deberán mantener durante todo el viaje las ventanillas abiertas aún con bajas temperaturas. Los choferes deberán circular con barbijos y guantes descartables, debiendo contar en el interior de la unidad con alcohol en gel y/o similar”***.

Por último, la resolución establece sanciones para quienes incumplan con las normas de seguridad expuestas, las multas para quienes violen la disposición podrá ir desde 1 US (unidad de sanción) a 100 US.

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