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title: "Justicia argentina habilitó el primer juicio en ausencia por el atentado a la AMIA"
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description: "El juez federal Daniel Rafecas aceptó el pedido de la UFI AMIA y aplicará el juicio en ausencia a los acusados por el atentado terrorista de 1994."
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date_published: "2025-06-27T13:09:00-03:00"
date_modified: "2025-06-27T11:02:52-03:00"
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  - "#AMIA"
  - "Juicio"
author_name: "El Expreso de Salta"
category_name: "NACIONALES"
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# Justicia argentina habilitó el primer juicio en ausencia por el atentado a la AMIA

El juez federal Daniel Rafecas resolvió aplicar el juicio oral en ausencia para diez imputados del atentado a la AMIA, ocurrido en julio de 1994. Es la primera vez que se utiliza esta figura en la historia judicial argentina. La resolución se basó en el pedido de la UFI AMIA, a cargo del fiscal Sebastián Basso, y se dictó bajo la normativa aprobada este año por el Congreso Nacional.

Los acusados son ciudadanos iraníes y libaneses, imputados por planificar y ejecutar el ataque que dejó un saldo de 85 muertos. Están prófugos desde 2006, con alerta roja de Interpol y orden de captura internacional. Irán se niega a extraditarlos y su captura se ve obstaculizada por razones diplomáticas.

**Quiénes son los imputados**  
Los diez acusados son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Algunos aún ocupan cargos públicos en Irán o lo hicieron al momento del ataque.

El juicio en ausencia se encuentra habilitado, pero la causa aún no se eleva a juicio. Las partes disponen de tres días hábiles para apelar la resolución. Además, el Ministerio Público Fiscal deberá solicitar los procesamientos formales para que el juicio oral pueda concretarse.

**Qué dice la nueva ley**  
El juicio en ausencia fue incorporado al Código Procesal Penal a través de una reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei. Permite juzgar en territorio argentino a personas acusadas de delitos graves, como terrorismo o crímenes de lesa humanidad, que permanezcan prófugas durante al menos cuatro meses.

El juez señaló: “Uno de los principales argumentos a favor de los juicios en ausencia, es que permiten avanzar en la justicia, incluso cuando el acusado evade el proceso penal, ya sea porque no comparece o desconoce la jurisdicción del tribunal, o se encuentra en lugares donde no puede ser extraditado”.

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