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title: "ARCA elevó los montos partir de los cuales billeteras y bancos deben informar movimientos de clientes"
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description: "El organismo recaudador ajustó las cifras en función de la inflación. Los nuevos topes rigen desde el 1 de enero de 2025."
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date_published: "2025-01-03T10:35:00-03:00"
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tags:
  - "#Bancos"
  - "#BilleterasVirtuales"
  - "#Montos"
author_name: "Francisco Rendon Rea"
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author_bio: "Lic. en Ciencias de la Comunicación - UNSa"
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category_name: "NACIONALES"
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# ARCA elevó los montos partir de los cuales billeteras y bancos deben informar movimientos de clientes

![95665_transferencia](/download/multimedia.normal.8a085e7ff4592da8.OTU2NjVfdHJhbnNmZXJlbmNpYV9ub3JtYWwud2VicA==.webp)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025.

**¿Desde cuándo rigen los nuevos importes?**  
Desde el 1° de enero de 2025.

**¿En qué afecta a los consumidores?**  
En nada. Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

**¿Cuáles son los nuevos montos a partir de enero y qué debe informarse?**  
Estas son las operaciones que deben informarse sólo si superan los siguientes importes:

**$ 600.000:**- Total de consumos con tarjetas de débito del país.  
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

**$ 1.000.000:**- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.  
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.  
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.  
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.  
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

**$ 2.000.000:**

- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

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