La multa por no ir a votar es tan solo de cincuenta pesos

El deber de votar está establecido en la Constitución Nacional por ello la persona que no sufraga por fuerza mayor,  después de pasado el acto eleccionario tiene 60 días para justificar su ausencia a las mesas y una vez culminado ese ese plazo corre una multa que de tan solo $50 pesos por cada comicio en el que no cumpla el deber cívico. Además se pena al ciudadano con la inhabilitación para realizar determinados trámites administrativos como la emisión o renovación del carnet de conducir.

SALTA 25 de julio de 2022 Redacción El Expreso de Salta Redacción El Expreso de Salta
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El secretario Electoral Fernando Montaldi aseguró que una vez concluidos los 60 días para justificar la ausencia a los comicios, el ciudadano que no haya emitido el voto debe pagar $50 pesos de multa por cada acto eleccionario que no sufraga. 

En tal sentido aseguró que a la segunda infracción el monto incrementa a $100 pesos, la tercera a $200 y así se elevando hasta llegar a los $500. "Es un sistema creado desde el 2009 pero en la primera elección se implementa es del 2011 y desde ahí rige, por lo que hay que justificar la inasistencia hasta los 60 días pasado el día del comicio", detalló Montaldi. 

"El ciudadano no está privado de no votar, pero las sanciones son multas", añadió el secretario quien además precisó que una persona que no vota ni paga la multa "en la parte administrativa nacional, provincial y municipal durante un año no podrá hacer trámites. Es importante pagar la multa o justificar la inasistencia", reforzó. 

"60 días son prácticamente tres meses y se puede justificar en la secretaría Electoral de la calle Deán Funes 140, en cualquiera del país o mediante el sistema informático", finalizó. 

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