Permitirán el uso supervisado y limitado de celulares en las cárceles de Salta

El juez de la Sala III del Tribunal de Impugnación Eduardo Barrionuevo hizo lugar a un hábeas corpus interpuesto por Mario Alberto Juliano en su carácter de Director Ejecutivo de la Asociación Pensamiento Penal y autorizó, en consecuencia, a las personas privadas de la libertad en el ámbito de la Provincia a utilizar en forma limitada y supervisada telefonía celular durante ocho horas semanales durante el contexto de emergencia sanitaria.

JUDICIALES 24 de octubre de 2020
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Juliano invocó en su presentación el derecho humano esencial a la comunicación y contacto con familiares y allegados. La autorización entrará en vigencia al quinto día de notificada la resolución. 

El juez ordenó a la Subsecretaría de Políticas Penales de la Provincia que establezca un protocolo para el uso de teléfonos celulares por parte de las personas privadas de libertad en el ámbito de la provincia de Salta y que deberá ser presentado ante el Juez Barrionuevo.

El juz dispuso que familiares y allegados que hubieran estado autorizados durante alguno de los períodos 2018, 2019, 2020 a efectuar visitas a los internos provean a los mismos de teléfonos celulares a fin de que sean utilizados hasta 8 horas semanales en espacios con supervisión. Respecto de las personas recientemente privadas de libertad se habilitará a aquellas que tuvieren derecho a visita.

Los aparatos que sean ingresados a los penales, dispuso el juez Barrionuevo, deberán ser registrados con indicación de marca, modelo, número de identificación internacional (IMEI), número de tarjeta de identificación del abonado (Chip), la persona propietaria del dispositivo móvil y de la línea y la persona que lo proveyó, así como el registro fotográfico digital de su estado de conservación.

El Ministerio de Seguridad, a cargo de los detenidos en la Provincia, deberá prever espacios adecuados para la guarda de tales aparatos, los que serán entregados sólo al interno/a para quien el celular hubiera sido provisto en los espacios comunes que la reglamentación disponga.

Marcó el juez Barrionuevo que los aparatos aportados “serán de uso exclusivo del interno/a para quien fueran provistos.”

Los internos a su vez deberán realizar un listado de contactos con los que podrán comunicarse, el que deberá guardar correspondencia con las personas que puedan ser autorizadas a mantener visita. “La utilización del aparato para generar comunicaciones a otros contactos que los autorizados será considerada conducta plausible de sanción”, especificó el juez.

El juez Barrionuevo destacó en el último párrafo de su resolución la trayectoria de Juliano a quien destacó como “gran defensor de lo auténticamente humano en nuestra sociedad”. Juliano falleció ayer.

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