COVID-19: La Justicia provincial se declara incompetente en casos de violación del protocolo

La jueza de Garantías, María Edith Rodríguez, declinó la competencia atribuida a su tribunal para intervenir en la causa que tiene a cinco ciudadanos salteños como imputados por supuesta violación a las medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, previsto y reprimido por el Art. 205 del C.P.

JUDICIALES 22 de marzo de 2020
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La magistrada declinó su competencia y notificó por vía informática al Juzgado que se encuentra habilitado en la presente feria extraordinaria, como así también a la Fiscalía de Casos Complejos Federales. También hizo saber que se remitirá por sistema informativo la copia íntegra del expediente, para su inmediata tramitación y una vez finalizada la feria extraordinaria, se remitirán las actuaciones al Juzgado federal interviniente.

Los fiscales penales Leandro Flores y Gustavo Torres Rubelt imputaron hace tres días a cinco ciudadanos salteños que regresaron de España (uno de ellos) y Alemania (los cuatro restantes), por el delito de violación a las medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, delito previsto y reprimido por el art. 205 del Código Penal, en calidad de autores –art. 45 del CP- y en perjuicio de la seguridad pública.

Lo hicieron después de reunir elementos de convicción suficientes para entender que los imputados habrían violado las medidas adoptadas por la autoridad para impedir la propagación del Covid-19 –Coronavirus-, ya que habrían ingresado al país, arribando a la ciudad de Buenos Aires, provenientes de países declarados como zona afectada por la pandemia, -España y Alemania- y habrían omitido la obligación de aislarse por 14 días en la ciudad de Buenos Aires, por ser ése el punto de ingreso a la Argentina, como lo establece la reglamentación para evitar la propagación del virus.

El hecho delictivo habría comenzado en Buenos Aires, es decir, se trata de un delito de carácter continuado, prolongado en el tiempo y con inicio en Buenos y extendido hasta Salta; desde la hora de arribo de los imputados a la Argentina y hasta la auto cuarentena alegada por ellos y que comenzara con posterioridad en Salta.

Vale recordar que la audiencia imputativa se difirió para la oportunidad en la que los imputados estén en condiciones médicas aptas, a fin de realizar la intimación del decreto.

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