Acorralado, Macri impone, por ahora, un cepo "parcial" al dólar

Inmerso en una profunda crisis financiera, al gobierno nacional no le quedó otra que recurrir a una medida con la que en el año 2015 hizo campaña cuestionando, y afirmando que tenía otras propuestas. Desde mañana lunes, se podrán comprar hasta u$s 10.000 por mes y los exportadores tendrán 5 días para liquidar divisas, entre otras medidas.

NACIONALES 01 de septiembre de 2019 El Expreso Política
dólares billeres en mano
Así se conoció hoy domingo, cuando el gobierno publicó el decreto correspondiente en el Boletín Oficial, por el que se impone la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.
El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri, quien en un principio se había negado a instrumentarla con el infantil argumento de "no querer parecerse a Cristina", pese a que la crisis estaba llevando la inflación a las nubes. Todas formas, todo depende de cómo reaccionará mañana lunes el "mercado".
Entre los principales puntos del texto oficial, se destaca que las personas físicas tendrán un tope mensual de u$s 10.000 para la compra de divisas a partir de este lunes.
Sin embargo, desde la entidad que dirige Guido Sandleris aclararon que no habrá impedimentos para extraer dólares de cuentas para personas físicas ni jurídicas, y que tampoco habrá restricción para viajes.
Entre los principales puntos del texto oficial, se destaca que nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
Entre los principales puntos del texto oficial, se destaca que nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
En el caso de las "personas humanas", tal la denominación jurídica para la "gente de a pie", el BCRA estableció que éstas "no podrán comprar más de USD 10.000 por mes, ni realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de ese monto.
En cuanto a las empresas, los exportadores tendrán que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
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