Un policía disparó en la nuca a un menor que fumaba marihuana

La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al efectivo Mario Esteban Magno, de 31 años, acusado de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves, todo en concurso ideal.

JUDICIALES 26 de noviembre de 2020
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Las actuaciones de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, iniciaron tras la denuncia de la madre de la víctima, en representación de su hijo de 17 años, en la que expresó que el 13 de agosto de 2019, cerca de las 16:30, fue alertada por su hija que su hermano tenía la nuca ensangrentada y que efectivos policiales que circulaban en moto le habían disparado con un arma larga.

Al salir la denunciante a la vereda, observó que su hijo estaba rodeado de efectivos y que era subido a un móvil. Sostuvo que al querer averiguar sobre lo sucedido, los policías se mostraron reticentes y le dijeron que su hijo vendía droga, por lo que la mujer les informó que su hijo era consumidor, pero que no comercializaba.

En su declaración testimonial, la víctima manifestó que en ese día y horario, estaba en la vereda de su domicilio junto a un amigo, con quien consumía un “faso”.

Relató que aparecieron dos efectivos policiales en moto y que uno de ellos, sin mediar palabra, comenzó a hacer tiros hacia él, que impactaron en la zona de la nuca y en el muslo de la pierna izquierda y que disparó un efectivo de apellido Magno.

En sus fundamentos, la fiscal penal Simesen de Bielke, sostuvo que el imputado disparó balas de goma que causaron sendas lesiones en la integridad física del menor, conforme dio cuenta el certificado médico.

En este sentido, el acusado, en ejercicio de la función policial y sin que existiera necesidad de esgrimir un arma no letal, disparó al cuerpo del menor, siendo reprochable penalmente la conducta, ya que son los funcionarios policiales quienes deben velar por la seguridad, y que tras lo ocurrido, el solo verlo representa más bien “peligro” y no “seguridad”.

Y conforme surge del reglamento policial para el uso de la fuerza pública, se encuentra regido por una serie principios; entre ellos, la “racionalidad”, es decir, que debe estar justificado por circunstancias específicas y acordes a la situación que enfrenta y solo estará permitido el uso de armas no letales cuando los otros medios no violentos, resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto.

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