Se aprobó el Plan de Reactivación Turística para Salta

La iniciativa está enfocada en la reactivación de la actividad en un proceso de cuatro etapas, iniciando con la propuesta de reiniciar el turismo interno. “Somos la primera provincia en aplicar un plan de reactivación a largo plazo”, destacó el ministro de turismo, Mario Peña.

SALTA 27 de octubre de 2020 Daniel Torres Daniel Torres
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En una primera etapa, que iniciará el próximo 30 de octubre, se propone la apertura del turismo interno, donde cabe destacar que los municipios podrán adherir voluntariamente al Plan.

Iniciando el 9 de noviembre se daría lugar a la segunda etapa que incorpora la posibilidad de recibir turistas de países limítrofes (Chile, Bolivia y Paraguay) vía aérea. En cuanto a la apertura de las fronteras, esto estará sujeto a las disposiciones dictadas por el Gobierno Nacional.

En el caso de la tercera etapa, que iniciará el 1 de diciembre, se prevé incorporar la apertura para las provincias del norte argentino (Jujuy, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja).

Finalmente, en la cuarta etapa se planificó la integración del resto del país en el plan de reapertura turística, considerando las previsiones de apertura nacional para la temporada de verano este periodo iniciará el 1 de enero de 2021.

Requisitos para poder circular

Para residentes salteños y del norte del país

-Ser residente salteño o de la localidad del norte del país, con DNI que lo acredite.
-Permiso de circulación generado mediante reserva previa de cualquier servicio
turístico adherido al plan de reapertura turística.

- Declaración Jurada impresa y firmada para ser entregada a la autoridad que lo
requiera.

Para turistas del resto del país

Se aguarda un criterio unificado a aplicar por todas las provincias argentinas, en base a decisión unificada de la Mesa Interministerial del Gobierno Nacional, creada para tal fin.  

Para turistas de países limítrofes

-Certificado Nacional Único Habilitante para circulación.
-PCR NEGATIVO.

-Permiso de circulación generado mediante reserva previa de cualquier servicio turístico adherido al plan de reapertura turística.

- Declaración Jurada impresa y firmada para ser entregada a la autoridad que lo requiera.

La puesta en funcionamiento de las etapas mencionadas, estará siempre sujeta a los criterios epidemiológicos y sanitarios determinados por la autoridad provincial.

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